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miércoles, 08 de junio de 2005
La defensa y la acusación particular del caso Jokin han impugnado sus respectivos recursos ante el Juzgado de Menores de San Sebastián, que ahora dará traslado del caso a la Audiencia de Gipuzkoa para que decida si los rechaza o los estima total o parcialmente, informaron fuentes judiciales.
SAN SEBASTIÁN, 8/06/05 (R. ibr58)
El Juzgado de Menores de San Sebastián condenó el pasado 13 de mayo a ocho adolescentes, siete chicos y una chica, a 18 meses de libertad vigilada como autores de un delito contra la integridad moral por el Juzgado de Menores número 1 de San Sebastián, por el acoso al que sometieron a su compañero de instituto Jokin C.L., quien se suicidó el pasado 21 de septiembre en Hondarribia.

Este juzgado impuso además a cuatro de ellos una pena de tres fines de semana de permanencia en un centro educativo por una falta de lesiones, aunque los absolvió del delito de inducción al suicidio que les imputaba la acusación particular, ejercida por la familia del fallecido. Días después, tanto la defensa como la acusación particular recurrieron la sentencia , mientras que la Fiscalía decidió no hacerlo, ya que las penas impuestas se correspondían en gran medida con las que solicitó.
EFE

Defensa y acusación del "caso Jokin" impugnan sus respectivos recursos
Días después, del pasado 13 de mayo (+) (++),tanto la defensa de estos jóvenes como la acusación particular recurrieron la sentencia del Juzgado de Menores*.

El recurso de la acusación (+) (++)reclamaba que el delito de lesiones psíquicas sea tratado de forma independiente del delito contra la integridad moral y entiende que las penas impuestas han sido muy «benignas». La defensa rechaza que las penas impuestas hayan sido benignas.

En cuanto al recurso de la defensa (+), éste solicitaba la absolución de los acusados al entender, entre otros argumentos, que se produjo indefensión durante el proceso judicial, ya que fue la Ertzaintza quien otorgó la calidad de testigos protegidos a la mayor parte de los declarantes en la vista, potestad que, en su opinión, corresponde únicamente a la autoridad judicial. Las impugnaciones de la acusación particular califican sin embargo de extemporánea esta pretensión.


www.diariodenavarra.es

* El viernes 20 de Mayo, la Audiencia Provincial asumió los recursos (+).

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Ƞ 21-S-2004, Hondarribia
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