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martes, 19 de julio de 2005
Elevan las penas a siete jóvenes acusados en el «caso Jokin»
Internamiento de dos años | La audiencia de gipuzkoa establece que deberan pasar un año en un centro de internamiento, asignado como «domicilio habitual», y el segundo en libertad vigilada

La Audiencia de Gipuzkoa endureció ayer las penas que el Juzgado de Menores de Donostia acordó en mayo para siete jóvenes acusados de intimidar a Jokin Ceberio, que se suicidó el pasado año en Hondarribia. Con esta nueva sentencia, el tribunal les impone dos años de internamiento en un centro en régimen abierto, y a la octava persona juzgada por este hecho dos fines de semana en un centro.
DONOSTIA, 1977/05 gara.net
En mayo, el Juzgado de Menores de Donostia condenó a 18 meses de libertad vigilada a ocho compañeros de Jokin Ceberio por un delito contra «la integridad moral». A cuatro de los ochos jóvenes, además, les impuso tres fines de semana de internamiento. La sentencia, no obstante, afirmó que «no es posible buscar una relación causa-efecto entre el suicidio y la actuación de los acusados», por lo que rechazó el delito de «inducción al suicidio», tal y como pidió la familia de Ceberio.

Tras los recursos presentados por ambas partes, la Audiencia de Gipuzkoa hizopública ayer una nueva resolución que incrementa el castigo para siete de los ocho adolescentes juzgados, a quienes condena a dos años de internamiento en régimen abierto. Por tanto, el primer año deberán permanecer en un centro de internamiento asignado como «domicilio habitual». Durante estos primeros doce meses tendrán que realizar todas las actividades fijadas «en los servicios normalizados del entorno». El segundo año estarán en situación de libertad vigilada.

En el caso de la octava persona imputada, acepta el recurso de su abogado y sustituye la medida de 18 meses de libertad vigilada por la de dos fines de semana de permanencia en un centro de internamiento por «una falta de maltrato de obra».

La Audiencia establece ahora que, aparte del delito contra la «integridad moral», los siete jóvenes cometieron un delito contra «la salud síquica» de Jokin Ceberio, motivo en el que fundamenta el aumento de la pena.

También es especialmente crítica con los familiares de los acusados. El fallo dice que su posicionamiento ante los «graves hechos» cometidos «pone de manifiesto su falta de idoneidad actual para servir de ámbito de interiorización de la significación de la conducta protagonizada».

En este sentido, alude directamente a un comunicado que difundieron y sostiene que en dicha carta «se minimiza la importancia de la conducta de sus hijos y les desresponsabilizan del desmantelamiento emocional al que condujeron a Jokin».

Defensa del internamiento

Añade que «pusieron en tela de juicio la protección conferida a la víctima por su propia familia y cuestionaron la lógica o racionalidad del propio comportamiento» del adolescente hondarribitarra.

La Audiencia indica que con la medida de internamiento se cumplen los objetivos de crear «un marco de contención educativo que evite que los menores vuelvan a humillar, vejar y dañar», y que se reconoce «la significación del sufrimiento infligido a la víctima y a su entorno familiar».

Destaca que «la crueldad de su comportamiento exige una respuesta judicial que ratifique la importancia del respeto a la dignidad y la salud de todos los menores que se integran en el medio escolar».

A este respecto, declara que «la estructura familiar se ha revelado como un ámbito insuficiente para servir de contención de los menores».

El tribunal considera probado que Ceberio sufrió «un hostigamiento» y que recibió «puñetazos en la cara, empujones, cachetes en la cabeza, patadas en las piernas y espalda, golpes en los hombros y abdomen, balonazos y tortas».

La Audiencia de Gipuzkoa subraya que «como efecto de la conducta desplegada» por siete de sus compañeros sufrió «un transtorno disociativo que provocó una reacción depresiva aguda, cuya evaluación y alivio hubiera precisado de una terapia dirigida por un siquiatra para implementar las estrategias de afrontamiento precisas para integrar emocionalmente la traumática experiencia vivida en su biografía vital». Incide en que se trata de un caso de «inequívoco acoso» y que «la ridiculización y la vejación» a las que fue sometido provocaron su «desmoronamiento síquico».

Perito de la acusación

A la hora de formular tales manifestaciones, el tribunal ha conferido especial importancia al testimonio de un perito propuesto por la familia de Ceberio, un siquiatra que resaltó la ausencia de alteraciones síquicas en la historia clínica del menor y que «el deterioro síquico de Jokin es objetivamente imputable al comportamiento de acoso padecido».

Para la Sala, «cada uno con un papel funcional diverso pero complementario construyeron la fuerza del grupo y desde tal posición dominante victimizaron a Jokin». De esta forma, estima las alegaciones de la acusación particular.

Cabe recordar que el Juzgado de Menores consideró que, «bajo ningún concepto», ninguno de los ocho jóvenes «podía suponer el desenlace», esto es, el suicidio de Jokin Ceberio.

Afirmó que lo sucedido «no cabe situarlo exclusivamente en la conducta» de los compañeros «pues, aunque influyera, existen otras causas, desconocidas con pruebas objetivas que, unidas a aquéllas, formaron el pilar base para que su estado síquico adoptara el fatal desenlace». En consecuencia absolvió a los acusados del delito de «inducción al suicidio».

Ninguna de las dos partes se mostró conforme con el contenido de aquellas sentencia y anunciaron su intención de recurrirla ante la Audiencia de Gipuzkoa. El tío de la víctima y portavoz de la familia, Miguel Angel Ceberio, declaró que «quienes más desamparados pueden sentirse a la vista del contenido de la sentencia son los menores y adolescentes que pueden estar padeciendo en este momento el mismo calvario que sufrió Jokin». Por su parte, la defensa de losjóvenes juzgados expresó sentirse «sorprendida y no gratamente», y manifestaron que iban a interponer un recurso «porque el proceso no ha sido justo y los hechos que se imputan a los jóvenes no son verdaderos».

En su escrito de conclusiones, negó lasimputaciones y demandó su libre absolución. El Ministerio Fiscal solicitó libertad vigilada (entre nueve y quince meses) para siete de los ochos menores y tareas de tipo socioeducativo para la octava acusada.

La Audiencia de Gipuzkoa, por tanto, ha endurecido las penas impuestas por el Juzgado de Menores, que expresamente rechazó la aplicación del internamiento porque, según explicó en la sentencia, las penas buscan «una meta educativa como característica primordial» y tal medida «impediría el trabajo que ha de efectuarse con estos menores para asumir no sólo su responsabilidad por el daño causado, sino su normalización en el medio en el que tienen que desarrollarse».

En opinión del citado Juzgado, ello debe ir «unido a un entorno familiar favorable, lo que augura un éxito en la respuesta que ha de exigírseles».

Tras conocerse el sentido de la resolución de la Audiencia, Miguel Angel Ceberio, portavoz de la familia, se mostró «razonablemente satisfecho», según información de agencias.


Un suceso cargado de expectación mediática

El inicio del juicio por el «caso Jokin» provocó una gran expectación mediática y durante los días que se celebraron las vistas, a puerta cerrada al tratarse de menores, fueron muchos los medios que se agolparon ante las puertas del Juzgado de Menores Donostia. Como muestra un botón. A la primera vista oral acudió una multitud de cámaras de televisión mientras los periodistas se congregaban en los pasillos. No obstante, tanto los imputados como la veintena de compañeros llamados a declarar comparecieron a puerta cerrada, amparados por la Ley de Protección de Menores.

Recurso rechazado

Precisamente, ayer la Audiencia de Gipuzkoa rechazó el recurso presentado por la defensa de los acusados, que solicitó que se tuvieran en cuenta las declaraciones de los testigos protegidos, ya que fue la Ertzaintza y no la juez la que les confirió dicha caracterización. El fallo sostiene que «la protección de los testigos en el proceso fue conferida por la autoridad institucional que, en cada fase del mismo, tenía competencia para ello».

La atención mediática tampoco disminuyó en los días posteriores al inicio del juicio en abril ni en la vista que se celebró a comienzos de este mes en la Audiencia donde se escuchó a los peritos siquiatras propuestos por ambas partes y a la autora de un informe sicológico sobre los ocho jóvenes.

Postura mantenida por los familiares de los ocho jóvenes

La sentencia dictada ayer por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa cuestiona la actitud de los padres de los adolescentes juzgados por la muerte de su compañero de estudios y pone en tela de juicio su capacidad para hacer entender a sus hijos la «gravedad de los hechos».

El tribunal argumenta el posicionamiento adoptado por los padres de los jóvenes que en noviembre de 2004 calificaron, a través de una carta pública, de «injusticia atroz» el hecho de que culparan a sus hijos de la muerte del joven de Hondarribia.

«Un tremenda tragedia»

En un comunicado remitido a Efe, destacaron que «el suicidio de un adolescente es, además de una tremenda tragedia, un suceso personal, íntimo y delicado que no debe ser convertido en un reality-show, en un episodio banal de la tele-basura o en un artículo periodístico que busca el morbo y el escándalo».

En otro párrafo de la carta remarcaron que «no sabemos si las mofas y vejaciones que sufrió Jokin en el instituto y en la calle se pueden denominar acoso escolar. No sabemos hasta qué punto le influyeron en su decisión de quitarse la vida. No sabemos ni siquiera si se puede saber».

«Lo que tenemos claro es que si se quieren investigar las causas del suicidio de Jokin habrá que investigar todos los factores que pudieron influir en su personalidad para que llegara a tomar tan extrema decisión», añadieron. «No vamos a permitir que nadie se exima de su responsabilidad a costa del sufrimiento de nuestros hijos», incidieron.

En declaraciones realizadas a GARA una vez conocida la sentencia del Juzgado de Menores de Donostia, uno de los padres de estos jóvenes explicó que «como dijimos en su día, nuestros hijos se equivocaron cuando se sintieron traicionados por Jokin, puesto que Jokin no tenía la culpa de nada, y se equivocaron cuando le agredieron verbalmente o de hecho, pero esa actuación hay que enmarcarla dentro de la inmadurez a la hora de afrontar un conflicto que se había producido en el seno de una cuadrilla de amigos y por tanto no se debería criminalizar, puesto que esa actuación no era fruto del deseo de causar daño».

«Otra cosa es que una conjunción de circunstancias hiciera que la situación llegara a un desenlace tan inesperado como doloroso», resaltó.

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Ƞ 21-S-2004, Hondarribia
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