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sábado, 24 de septiembre de 2005
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23 de septiembre de 20005 eCD
Una jueza paraliza el internamiento de los menores condenados por el acoso a Jokin
Sustituye la pena por libertad vigilada al entender que los condenados por 'bullying' deben reeducarse en su entorno familiar

SAN SEBASTIÁN El Juzgado de Menores de San Sebastián ha dejado en suspenso la pena de dos años de internamiento impuesta por la Audiencia de Guipúzcoa a siete de los ocho menores condenados por el acoso al que sometieron a Jokin Ceberio, el joven de 14 años que se suicidó en septiembre del año pasado en Hondarribia. La magistrada considera que el proceso de reeducación de los imputados por 'bullying' debe llevarse a cabo en el ámbito de sus propias familias y no internos en un centro, un criterio que difiere por completo del expresado hace sólo dos meses por la Audiencia.

La resolución permite a los acusados eludir su ingreso en el centro de Zumarraga, donde siete de los ocho adolescentes debían permanecer en situación de régimen abierto uno de los dos años a los que fueron condenados. Durante los doce primeros meses, los chicos saldrían para acudir a sus respectivos centros educativos y regresarían para pernoctar. El segundo año lo pasarían en libertad vigilada.

La suspensión fue solicitada el día 1 de este mes por la defensa. Había transcurrido mes y medio desde que la Audiencia elevara la condena para siete de ellos de 18 meses de libertad vigilada a los dos años de internamiento. Tras recibir la petición, la jueza convocó al fiscal y letrados a una vista que tuvo lugar el pasado día 12. En el transcurso de la sesión, Ignacio Tejada, representante de la acusación particular que ejerce la familia de Jokin, se opuso a la medida. El viernes de la semana pasada, la magistrada de menores falló a favor de los acusados y dejó en suspenso el internamiento, medida que ha sido sustituida por la de libertad vigilada durante dos años, un tratamiento y la realización de diversas actividades.

Compromiso paterno

La jueza de menores sustenta en gran medida su decisión en el informe elaborado por el equipo psicosocial judicial que, tras entrevistarse de nuevo con los imputados y sus padres, concluyó que «las deficiencias y aspectos a mejorar de los menores» es un trabajo que debe realizarse en el ámbito familiar de los adolescentes. La magistrada considera que las familias «son un marco de contención que, en general, ha transmitido un mensaje de responsabilización de la conducta de sus hijos, en el sentido de que admitieran su comportamiento negativo y asumieran que esa conducta no se volviera a repetir».

La jueza recuerda que todos los chicos han superado el curso y asegura que han efectuado un esfuerzo «nacido del compromiso asumido por sus padres, que han sufrido este proceso igual que sus hijos».

El auto dictado por la magistrada ha sido ya recurrido por la familia de Jokin. Miguel Angel Ceberio, tío del fallecido y portavoz, ha calificado la decisión de «desconcertante y escandalosa». Considera que la jueza «ha dejado sin contenido la sentencia que dictó la Audiencia de Guipúzcoa y vuelve a aplicar el criterio de libertad vigilada que ella impuso en la resolución de primera instancia».

«Falta de empatía»

Contrariamente a lo ahora argumentado por el Juzgado de Menores, la Audiencia concluyó en la sentencia dictada el 15 de julio que las familias de los condenados habían evidenciado su «falta de idoneidad para servir de ámbito de interiorización de la significación de la conducta protagonizada» por los chavales. En este aspecto, el magistrado ponente consideró entonces «clarividente» un escrito redactado por uno de los progenitores en el que «se minimiza la importancia de la conducta de sus hijos; se pone en tela de juicio la protección conferida a la víctima por su propia familia y se cuestiona la lógica o racionalidad del propio comportamiento de la víctima». Sostuvo, asimismo, que la estrategia de los padres para infravalorar la «significación de la conducta vejatoria y dañosa protagonizada por los agresores» puso en duda «la racionalidad del comportamiento de la víctima».

La sentencia concluyó que las familias de los inculpados, además de mostrar «una falta de empatía con el sufrimiento de la víctima y su familia, desresponsabiliza a los menores agresores del desmantelamiento emocional
al que condujeron a Jokin con su conducta vejatoria».


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