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miércoles, 12 de octubre de 2005
Los menores condenados por acosar a Jokin deberán ingresar en el centro de Zumarraga La Audiencia de Gipuzkoa revoca la decisión del Juzgado de Menores de San Sebastián que paralizó el internamiento de siete imputados DV
    El camino judicial Cuatro fases en la CAUSA I
    Juzgado de Menores: Los acusados fueron condenados a dieciocho meses de libertad vigilada Además, cuatro de ellos fueron declarados autores de una falta por la que se les impuso una pena de tres fines de semana en centro educativo.

    Audiencia: Elevó la condena para siete de ellos a dos años de internamiento en régimen abierto, en tanto que al octavo acusado le impuso dos fines de semana de permanencia en centro educativo. Mantuvo para cuatro de ellos los tres fines de semana de estancia en un centro educativo.

    Suspensión: El Juzgado de Menores deja en suspenso el ingreso de siete acusados en un centro de internamiento y lo sustituye por dos años de libertad vigilada.

    Revocación: La Sección Primera de la Audiencia ha revocado ahora la suspensión de la pena y acuerda el internamiento de los siete menores.
La Audiencia de Gipuzkoa ha dejado sin efecto la suspensión de la pena de internamiento que el mes pasado acordó el Juzgado de Menores de Donostia para siete de los ocho adolescentes que fueron condenados por el acoso al que sometieron a Jokin Ceberio. La Sección Primera de la Audiencia hizo pública ayer su decisión, después de que el pasado 16 se septiembre el Juzgado de Menores donostiarra paralizase el internamiento de los chicos
    Este órgano judicial había condenado en primera instancia a los menores a dieciocho meses de libertad vigilada como autores de un delito contra la integridad moral. Además, cuatro de ellos fueron declarados autores de una falta por la que se les impuso una pena de tres fines de semana en un centro educativo. Esta sentencia, no obstante, fue revocada por la Audiencia guipuzcoana que elevó la condena para siete de ellos a dos años de internamiento en régimen abierto, en tanto que al octavo acusado le impuso dos fines de semana de permanencia en un centro educativo. Asimismo, mantuvo para cuatro de ellos los tres fines de semana en un centro educativo.
    La juez recordó que todos los chicos habían superado el curso y aseguró que asimismo habían efectuado un esfuerzo, «nacido del compromiso asumido por sus padres, quienes han sufrido este proceso igual que sus hijos», dijo.

    En contra de lo esgrimido por el juzgado, la Audiencia había concluido sólo dos meses antes que las familias de los condenados habían evidenciado su «falta de idoneidad para servir de ámbito de interiorización de la significación de la conducta protagonizada» por los chavales. En este aspecto, el magistrado ponente consideró entonces «clarividente» un escrito redactado por uno de los progenitores en el que «se minimiza la importancia de la conducta de sus hijos; se pone en tela de juicio la protección conferida a la víctima por su propia familia, y se cuestiona la lógica o racionalidad del propio comportamiento de la víctima». La sentencia concluyó que las familias, además de mostrar «una falta de empatía con el sufrimiento de la víctima y su familia, desrresponsabilizan a los menores agresores del desmantelamiento emocional al que condujeron a Jokin con su conducta vejatoria».

    Instancia revisora

    Ahora, la Audiencia, en un auto dictado por los magistrados María Victoria Cinto, presidenta de la institución guipuzcoana; Ignacio José Subijana y Augusto Maeso, considera que la juez de Menores se escuda en el informe del equipo técnico psicosocial para convertir la fase de ejecución de la sentencia en una instancia en la que, sin que el ordenamiento jurídico lo contemple, revisa el fallo. Asimismo, entiende que mediante la línea del discurso que la juez esgrime para justificar su resolución «construye unas medidas distintas a las impuestas en la sentencia firme» dictada por la Audiencia. De esta forma, el tribunal considera que se genera un «resultado pernicioso», toda vez que, además de conferir a la fase de ejecución una dimensión revisora, altera las reglas de distribución de las funciones jurídicas de los órganos judiciales y atribuye al equipo técnico una competencia decisoria «que no se contiene en el articulado del derecho positivo aplicable. Sentenciar no es peritar», indica. En consecuencia, la Audiencia acuerda «restañar la anómala situación creada» con el auto emitido por el Juzgado de Menores e impone el internamiento de siete de los condenados.
Fuentes cercanas al caso aseguran que los siete chicos condenados ingresarán ya la próxima semana en Zumarraga. Diariamente, un vehículo los trasladará hasta los centros en los que han comenzado el curso y por la tarde serán conducidos de nuevo a Zumarraga, donde dormirán. El fin de semana lo pasarán en sus respectivos domicilios, si bien el domingo por la tarde han de volver al centro de internamiento. En los próximos meses, el equipo de evaluación de Zumarraga analizará la evolución de los chicos y conforme a sus informes podrían acordarse nuevas medidas, como el paso a una situación de libertad.El segundo año de condena, los menores estarán en libertad vigilada, ya fuera del centro.


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