Afectará a todos los colegios e institutos de la Región de Murcia financiados con dinero público. Da al profesorado más armas para atajar el gamberrismo en las aulas
El texto contempla que los centros redactarán su correspondiente "Plan de Convivencia", crearán una Comisión de Convivencia que elegirá en el consejo escolar y tipifica los derechos de los alumnos así como sus deberes.
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Medidas correctivas
Será el director quien adopte las medidas correctivas de forma inmediata, de lo que se informará tanto al alumno, como a los padres y al consejo escolar, a través de dos posibles procedimientos, el abreviado -para conflictos que afectan de forma grave a la convivencia-, o el ordinario.
El alumno infractor podrá ser expulsado de clase un máximo de cinco días aunque tendrá derecho a tener atención educativa personalizada. Si ésta se realiza en el centro o en su domicilio, será algo que fije el Plan de Convivencia de cada colegio, dijo Medina.
Derechos y deberes del alumno
Entre los derechos de los alumnos figuran el respeto mutuo, ayuda para compensar carencias o necesidades educativas especiales, criterios objetivos en sus evaluaciones, respeto a la libertad de conciencia, convicciones religiosas y morales así como derecho a asociarse, a la libertad de expresión y a manifestar discrepancias o quejas sobre decisiones educativas.
Como deberes figuran puntualidad, participar en las actividades formativas, llevar el material necesario, esforzarse, en función de su capacidad, para comprender y asimilar las asignaturas, respeto al profesor así como tolerancia y solidaridad con los compañeros y con todos los miembros de la comunidad educativa.
El decreto considera conductas graves los actos de indisciplina, injuria u ofensa, reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia, agresiones físicas o morales, la discriminación, falta de respeto a la integridad o dignidad contra cualquier miembro del colegio, tanto por racismo, xenofobia, novatos o alumnos con deficiencias.
También se contemplan otros como suplantación de la personalidad, el robo y la falsificación de documentos académicos, realizar o incitar a actuar de forma perjudicial o introducir sustancias peligrosas para la salud o la integridad.
El alumno al que se le aplique las medidas correctoras, que se realizarán fuera del horario lectivo y entre 5 y 16 días, tendrá que realizar tareas dirigidas a reparar el daño, dejar a asistir a las actividades extraescolares o cambiar de grupo, podrá ser suspendido de asistir a determinadas clases, al centro o cambiar de colegio. laverdad.es
El texto contempla que los centros redactarán su correspondiente "Plan de Convivencia", crearán una Comisión de Convivencia que elegirá en el consejo escolar y tipifica los derechos de los alumnos así como sus deberes.
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Medidas correctivas
Será el director quien adopte las medidas correctivas de forma inmediata, de lo que se informará tanto al alumno, como a los padres y al consejo escolar, a través de dos posibles procedimientos, el abreviado -para conflictos que afectan de forma grave a la convivencia-, o el ordinario.
El alumno infractor podrá ser expulsado de clase un máximo de cinco días aunque tendrá derecho a tener atención educativa personalizada. Si ésta se realiza en el centro o en su domicilio, será algo que fije el Plan de Convivencia de cada colegio, dijo Medina.
Derechos y deberes del alumno
Entre los derechos de los alumnos figuran el respeto mutuo, ayuda para compensar carencias o necesidades educativas especiales, criterios objetivos en sus evaluaciones, respeto a la libertad de conciencia, convicciones religiosas y morales así como derecho a asociarse, a la libertad de expresión y a manifestar discrepancias o quejas sobre decisiones educativas.
Como deberes figuran puntualidad, participar en las actividades formativas, llevar el material necesario, esforzarse, en función de su capacidad, para comprender y asimilar las asignaturas, respeto al profesor así como tolerancia y solidaridad con los compañeros y con todos los miembros de la comunidad educativa.
El decreto considera conductas graves los actos de indisciplina, injuria u ofensa, reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia, agresiones físicas o morales, la discriminación, falta de respeto a la integridad o dignidad contra cualquier miembro del colegio, tanto por racismo, xenofobia, novatos o alumnos con deficiencias.
También se contemplan otros como suplantación de la personalidad, el robo y la falsificación de documentos académicos, realizar o incitar a actuar de forma perjudicial o introducir sustancias peligrosas para la salud o la integridad.
El alumno al que se le aplique las medidas correctoras, que se realizarán fuera del horario lectivo y entre 5 y 16 días, tendrá que realizar tareas dirigidas a reparar el daño, dejar a asistir a las actividades extraescolares o cambiar de grupo, podrá ser suspendido de asistir a determinadas clases, al centro o cambiar de colegio. laverdad.es







