El decreto de Normas de Convivencia establece duras sanciones a los estudiantes que las incumplan
El consejero de Educación y Cultura, Juan Ramón Medina Precioso, presentó ayer el Decreto de Normas de Convivencia por el cual se tipifican los derechos y los deberes de los alumnos de todos los centros educativos tanto públicos como concertados de la Región de Murcia.
MURCIA 24 Oct El texto anuncia mano dura a los estudiantes díscolos mediante una serie de medidas sancionadoras divididas en función de la gravedad de la conducta del alumno. Según el decreto, las infracciones graves podrán ser castigadas con el cambio de centro del alumno o con la suspensión de su derecho a asistir al centro educativo desde un mínimo de seis hasta un máximo de treinta días lectivos.
Uno de los objetivos del decreto es eliminar de los colegios e institutos el acoso escolar mediante las inclusión, entre las conductas graves, de las agresiones físicas o morales a cualquier miembro de la comunidad educativa así como la falta de respeto a la dignidad e integridad personal de terceros. También son contempladas como conductas graves las vejaciones o humillaciones contra alumos o profesores, especialmente si son de componente sexista o xenófobo.
Pero no todo son sanciones y deberes ya que la normativa también contempla los derechos de los alumnos. Entre los mismos figuran el respeto mutuo, la ayuda a aquellos estudiantes que requieran una educación especial, la libertad de expresión, la garantía de ser examinados con criterios objetivos o el respeto a la libertad de conciencia así como de religión.
El decreto de Normas de Convivencia se aplicará en los centros escolares de la Región en el último trimestre del curso presente, tras un período de adaptación de seis meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
PROTESTA. Manifestación en Águilas contra la violencia en los centros educativos.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Sanciones leves: Amonestación privada o por escrito; comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o el director; privación del tiempo de recreo; realización de tareas educadoras para el alumno (fuera del horario lectivo) o dirigidas a reparar el daño causado (máx. 5 días lectivos); suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares (máx. 5 días lectivos); cambio de grupo (máx. 5 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (máx. 5 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia al centro.
Sanciones graves: Realización de tareas educadoras o dirigidas a reparar el daño causado fuera del horario lectivo (de 5 a 16 días lectivos); suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias (de 5 a16 días lectivos); cambio de grupo (de 5 a16 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (de 6 a 15 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia al centro (de 6 y 15 días lectivos o de 16 a 30 días); cambio de centro.laverdad.es
El consejero de Educación y Cultura, Juan Ramón Medina Precioso, presentó ayer el Decreto de Normas de Convivencia por el cual se tipifican los derechos y los deberes de los alumnos de todos los centros educativos tanto públicos como concertados de la Región de Murcia.
MURCIA 24 Oct El texto anuncia mano dura a los estudiantes díscolos mediante una serie de medidas sancionadoras divididas en función de la gravedad de la conducta del alumno. Según el decreto, las infracciones graves podrán ser castigadas con el cambio de centro del alumno o con la suspensión de su derecho a asistir al centro educativo desde un mínimo de seis hasta un máximo de treinta días lectivos.
Uno de los objetivos del decreto es eliminar de los colegios e institutos el acoso escolar mediante las inclusión, entre las conductas graves, de las agresiones físicas o morales a cualquier miembro de la comunidad educativa así como la falta de respeto a la dignidad e integridad personal de terceros. También son contempladas como conductas graves las vejaciones o humillaciones contra alumos o profesores, especialmente si son de componente sexista o xenófobo.
Pero no todo son sanciones y deberes ya que la normativa también contempla los derechos de los alumnos. Entre los mismos figuran el respeto mutuo, la ayuda a aquellos estudiantes que requieran una educación especial, la libertad de expresión, la garantía de ser examinados con criterios objetivos o el respeto a la libertad de conciencia así como de religión.
El decreto de Normas de Convivencia se aplicará en los centros escolares de la Región en el último trimestre del curso presente, tras un período de adaptación de seis meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
PROTESTA. Manifestación en Águilas contra la violencia en los centros educativos.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Sanciones leves: Amonestación privada o por escrito; comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o el director; privación del tiempo de recreo; realización de tareas educadoras para el alumno (fuera del horario lectivo) o dirigidas a reparar el daño causado (máx. 5 días lectivos); suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares (máx. 5 días lectivos); cambio de grupo (máx. 5 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (máx. 5 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia al centro.
Sanciones graves: Realización de tareas educadoras o dirigidas a reparar el daño causado fuera del horario lectivo (de 5 a 16 días lectivos); suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias (de 5 a16 días lectivos); cambio de grupo (de 5 a16 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (de 6 a 15 días lectivos); suspensión del derecho de asistencia al centro (de 6 y 15 días lectivos o de 16 a 30 días); cambio de centro.laverdad.es







