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viernes, 17 de febrero de 2006
El menor, ha sido condenado a 75 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad y tres fines de semana de permanencia en su domicilio El Juzgado de Menores de Córdoba ha declarado a un alumno del IES de Posadas (Córdoba) responsable de un delito de atentado y de una falta de lesiones por agredir a un profesor, dándole dos golpes en el pecho. .
Córdoba 16 Feb Según informó en rueda de prensa el abogado del gabinete jurídico del Sindicato Independiente de Empleados Público (SIEP) en Córdoba, Antonio Sánchez, personado como acusación particular, los hechos se produjeron en noviembre de 2004, cuando el alumno, de Segundo de ESO, "mantenía un comportamiento inadecuado, molestaba y alteraba el ritmo normal de la clase, todo ello con una actitud insultante y de menosprecio hacia el profesor".

Ante esta circunstancia, el profesor ordenó al alumno que se marchara del aula, negándose éste a marcharse, profiriendo palabras malsonantes, por lo que el docente lo agarró por un brazo y por el hombro para obligarlo a salir, momento en el que se consumó la agresión.

En este sentido, la resolución judicial considera que la agresión constituye un delito de atentado a un funcionario público en el ejercicio de las funciones propias de su cargo. Asimismo, recoge que la actuación del profesor cuando intentó obligar al alumno a que abandonase el aula tras expulsarlo, no constituyó extralimitación alguna, ya que "el menor está sujeto a la obediencia o disciplina del profesor" y que ante la actitud del alumno "era conveniente adoptar una medida contundente, para mantener el orden, y salvaguardar la autoridad del profesor".

Por su lado, este docente estuvo durante seis meses de baja laboral por depresión y finalmente pidió el concurso de traslado del centro, por lo que actualmente no ejerce en el Instituto de Posadas. Al parecer, este alumno agredió anteriormente también a otra profesora del mismo centro sin que en esa ocasión se presentara una denuncia.

El sindicato consideró que, tanto por la condena impuesta al alumno como por calificar la agresión como delito de atentado, la resolución judicial es de interés por las facultades que reconoce a los profesores, cuando afirma que "si el profesor expulsa al menor y éste no se marcha la Ley posibilita que se ejecute la orden por la fuerza, empleando para ello la indispensable, como fue del caso".

En este sentido, valoraron que la decisión del Juzgado de Menores "contrasta con las actitudes sistemáticas de la Administración Educativa que sanciona a profesores cuando intentan imponer el principio de autoridad, que no apoya al profesorado en situaciones de violencia física o psíquica". EUROPA PRESS

A 75 HORAS DE PRESTACIONES A LA COMUNIDAD

CORDOBA Un juez condena a un menor por agredir a un profesor y legitima el uso de la fuerza para expulsar al alumno de clase
16.02.2006
El juez de Menores de Córdoba ha declarado a un menor responsable de un delito de atentado a funcionario público y de una falta de lesiones por agredir a un profesor, al que la sentencia legitima en el uso de la fuerza para ejecutar una expulsión de la clase.
Continúan artículo y comentarios

El menor, alumno de Segundo de ESO cuando sucedieron los hechos, en el Instituto de Enseñanza Secundaria de Posadas, deberá cumplir 75 horas de prestaciones en beneficio a la comunidad, por el delito, y tres fines de semana de permanencia en su domicilio, por la falta.

La sentencia, hecha pública hoy por el Sindicato Independiente de Empleados Públicos (SIEP), que ejerció la acusación particular en representación del profesor, deduce además testimonio por un posible delito de falso testimonio contra dos alumnos del centro, que declararon, sin atenerse a la verdad en criterio del juez, en el procedimiento judicial.

"Comportamiento inadecuado"

La resolución, que aún no es firme, declara probado que el 25 de noviembre de 2004 el menor, junto a otros alumnos, mantenía un "comportamiento inadecuado", sin atender al profesor, "molestando y alterando el ritmo normal" de la clase.

Además, "adoptó una actitud insultante y de menosprecio" hacia el profesor, que decidió su expulsión poco antes de que acabase la clase, a lo que se negó profiriendo frases obscenas.

El "agarró" al alumno "por el brazo para obligarlo a salir" a lo que el alumno respondió con "golpes en el pecho"
La sentencia afirma que el docente "agarró" al alumno "por el brazo para obligarlo a salir, persistiendo éste en su negativa, sujetándolo por el brazo y hombro para forzarlo a salir", a lo que el alumno respondió con "golpes en el pecho".

El incidente acabó por la intervención de varios alumnos, aunque, fuera de la clase, el alumno volvió a amenazar e insultar al profesor.

El magistrado avala en su resolución la actuación del docente, ya que "el menor está sujeto a la obediencia o disciplina del profesor que imparte clases en cada momento, con independencia de que quede poco o mucho tiempo para terminar la clase, por lo que estaba obligado a salir de la clase a la orden del profesor".

Al alumno le asistía, según el juez, "recurrir o ejercer otro tipo de actuaciones amparadas por el orden jurídico y no desobedecer ni agredir a quien tenía el derecho público de determinar su salida".

"Adoptar una medida contundente"

Por ello, a juicio del magistrado de Menores, era conveniente "adoptar una medida contundente para mantener el orden y salvaguardar la autoridad del profesor, que tan desgraciadamente se está perdiendo en los institutos".

Si el profesor expulsa al menor y éste no se marcha, la Ley posibilita que se ejecute la orden por la fuerza
En todo caso, la sentencia entiende que "si el profesor expulsa al menor y éste no se marcha, la Ley posibilita que se ejecute la orden por la fuerza, empleando para ello la indispensable, como fue el caso".

Según el SIEP, el menor ahora condenado protagonizó otra agresión a una profesora del mismo centro, el curso anterior, por la que ha sido declarado judicialmente responsable y ha estado veinte días expulsado.

El delito de atentado a funcionario público, sobre cuya consideración en el caso del profesor no cabe duda a juicio del magistrado, por el que el menor debe realizar 75 días horas de prestaciones a la comunidad, está penado con entre dos y cuatro años de prisión.

Para el secretario general del Sector de Enseñanza del SIEP de Córdoba, José Antonio Torres, se trata de la primera vez que se ejerce la acusación particular en un procedimiento de este tipo, mientras que el director del gabinete jurídico del sindicato, Antonio Sánchez, cree que "la sentencia es importante por las facultades que reconoce a los profesores". Sánchez criticó que la Junta de Andalucía no se personase en el procedimiento. 20minutos.es


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