I. Subvenciones para la realización de proyectos o actividades de fomento de la educación y la cultura de paz Cuantía de 755.000 euros en ayudas de 60.000 euros por proyecto
Convocatoria 16/11/2006 >> PDF - MEC internacional >>www.mec.es/educa/internacional
II. 3 millones de euros · El objetivo es que las asignaturas se impartan de acuerdo con los valores propios de una cultura pacífica
MADRID | 09/11/06 El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 8 de noviembre una enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado por la que se incrementa en tres millones el presupuesto destinado a promover los valores de la paz en el sistema educativo.
De esta forma, se pretende dotar de manera efectiva y suficiente este programa presupuestario para financiar la Ley de Fomento de la Educación y de la Cultura de la Paz, aprobada el pasado año.
Esta norma busca promover que en todos los niveles educativos las asignaturas se impartan de acuerdo con los valores propios de una cultura pacífica, así como la creación de asignaturas especializadas en cuestiones relativas a la educación para la paz y los valores democráticos.
Así, se impulsará la incorporación de los valores de no violencia, tolerancia, democracia, solidaridad y justicia en los contenidos de los libros de texto, materiales didácticos y educativos, y en los programas audiovisuales destinados al alumnado. consumer.es
HTML www.derecho.com >> ORDEN ECI/3516/2006, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos o actividades de fomento de la...
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Título: ORDEN ECI/3516/2006, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos o actividades de fomento de la educación y la cultura de paz.
Nº de Disposición: ECI/3516/2006
Fecha Disposición: 14/11/2006
Órgano Emisor: MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
Número BOE: 274/2006
Fecha Publicación: 16/11/2006
Convocatoria.
1. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Serán subvencionables en esta convocatoria aquellos proyectos o actividades que se realicen a lo largo del año 2007.
3. Las subvenciones se adjudicarán a proyectos cuya finalidad sea la realización de actividades o el desarrollo de estudios e investigaciones en materia de paz dirigidos a:
a) Promover la inclusión de iniciativas de educación para la paz y de los valores democráticos en todo el ámbito escolar tanto como contenido curricular como en otros programas escolares.
b) Elaborar materiales didácticos dirigidos a impulsar, desde la óptica de la paz, los valores de no violencia, tolerancia, democracia, solidaridad y justicia.
c) Promover un incremento del conocimiento público de los Derechos Humanos y, más concretamente, de la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario.
d) Promover la formación especializada en cultura de paz y más específicamente en técnicas de resolución de conflictos, negociación y mediación.
4. La convocatoria contiene los beneficiarios de las ayudas, su contenido, el procedimiento de tramitación y el sistema de justificación.
...
Tercero. Beneficiarios.-Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas subvenciones las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.
b) Estar constituidas al menos con dos años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, a excepción de las confederaciones y federaciones recién constituidas, que deberán estar compuestas mayoritariamente por federaciones o asociaciones cuya antigüedad sea superior a dos años.
c) Estar especializadas y acreditar experiencia en la realización de las actividades objeto de la concesión de la subvención.
d) Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar el proyecto o la actividad para los que se solicita la subvención.
e) Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social españolas.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades y organizaciones que podrán ser beneficiarias, las entidades de derecho público, los partidos políticos, las sociedades civiles, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente, salvo las universidades.
No podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
...
Quinto. Cuantía y financiación de la subvención.-La cuantía total de la subvención es de 755.000 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 18.02.144A.480.
El importe máximo de la subvención para cada proyecto será de 60.000 euros, que se hará efectivo anticipadamente a los respectivos beneficiarios sobre la base del acuerdo definitivo de concesión.
Serán subvencionables los gastos directos vinculados a la ejecución del proyecto y destinados a financiar la consecución de los objetivos previstos, así como los gastos indirectos que no podrán exceder del 30 por 100 del total de la subvención concedida. Se entiende por gastos indirectos los propios del funcionamiento regular del solicitante, siempre que puedan imputarse al período de ejecución de la actividad.
En ningún caso serán subvencionables los siguientes gastos: los originados por las actividades realizadas en la condición de miembros de las Juntas directivas o Consejos de Dirección de las entidades, los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los intereses de préstamos, amortizaciones y gastos de procedimientos judiciales.
Las subvenciones reguladas en esta resolución son compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
...
Séptimo. Criterios objetivos de valoración.-La propuesta de resolución se formulará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Contenido técnico del programa y su adecuación al objetivo propuesto, el calendario de realización, ámbito geográfico del proyecto, número de beneficiarios y criterios para su selección y descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar (máximo 10 puntos).
b) Medios técnicos y materiales con los que cuenta el solicitante (máximo 4 puntos).
c) Carácter innovador del proyecto (máximo 2 puntos).
d) Pertinencia y viabilidad de la actividad (máximo 2 puntos).
e) Indicadores de evaluación y control de la actividad (máximo 1 punto)
f) Inclusión de la perspectiva de género y la promoción de la educación para la prevención de la violencia de género en el proyecto presentado (máximo 1 punto).
Para la concesión de la subvención será necesario obtener un mínimo de diez puntos, como suma de los obtenidos en la valoración de los seis criterios expuestos... >>+
Convocatoria 16/11/2006 >> PDF - MEC internacional >>www.mec.es/educa/internacional
II. 3 millones de euros · El objetivo es que las asignaturas se impartan de acuerdo con los valores propios de una cultura pacífica
MADRID | 09/11/06 El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 8 de noviembre una enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado por la que se incrementa en tres millones el presupuesto destinado a promover los valores de la paz en el sistema educativo.
De esta forma, se pretende dotar de manera efectiva y suficiente este programa presupuestario para financiar la Ley de Fomento de la Educación y de la Cultura de la Paz, aprobada el pasado año.
Esta norma busca promover que en todos los niveles educativos las asignaturas se impartan de acuerdo con los valores propios de una cultura pacífica, así como la creación de asignaturas especializadas en cuestiones relativas a la educación para la paz y los valores democráticos.
Así, se impulsará la incorporación de los valores de no violencia, tolerancia, democracia, solidaridad y justicia en los contenidos de los libros de texto, materiales didácticos y educativos, y en los programas audiovisuales destinados al alumnado. consumer.es
HTML www.derecho.com >> ORDEN ECI/3516/2006, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos o actividades de fomento de la...
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Título: ORDEN ECI/3516/2006, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos o actividades de fomento de la educación y la cultura de paz.
Nº de Disposición: ECI/3516/2006
Fecha Disposición: 14/11/2006
Órgano Emisor: MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
Número BOE: 274/2006
Fecha Publicación: 16/11/2006
Convocatoria.
1. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Serán subvencionables en esta convocatoria aquellos proyectos o actividades que se realicen a lo largo del año 2007.
3. Las subvenciones se adjudicarán a proyectos cuya finalidad sea la realización de actividades o el desarrollo de estudios e investigaciones en materia de paz dirigidos a:
a) Promover la inclusión de iniciativas de educación para la paz y de los valores democráticos en todo el ámbito escolar tanto como contenido curricular como en otros programas escolares.
b) Elaborar materiales didácticos dirigidos a impulsar, desde la óptica de la paz, los valores de no violencia, tolerancia, democracia, solidaridad y justicia.
c) Promover un incremento del conocimiento público de los Derechos Humanos y, más concretamente, de la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario.
d) Promover la formación especializada en cultura de paz y más específicamente en técnicas de resolución de conflictos, negociación y mediación.
4. La convocatoria contiene los beneficiarios de las ayudas, su contenido, el procedimiento de tramitación y el sistema de justificación.
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Tercero. Beneficiarios.-Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas subvenciones las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.
b) Estar constituidas al menos con dos años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, a excepción de las confederaciones y federaciones recién constituidas, que deberán estar compuestas mayoritariamente por federaciones o asociaciones cuya antigüedad sea superior a dos años.
c) Estar especializadas y acreditar experiencia en la realización de las actividades objeto de la concesión de la subvención.
d) Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar el proyecto o la actividad para los que se solicita la subvención.
e) Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social españolas.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades y organizaciones que podrán ser beneficiarias, las entidades de derecho público, los partidos políticos, las sociedades civiles, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente, salvo las universidades.
No podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
...
Quinto. Cuantía y financiación de la subvención.-La cuantía total de la subvención es de 755.000 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 18.02.144A.480.
El importe máximo de la subvención para cada proyecto será de 60.000 euros, que se hará efectivo anticipadamente a los respectivos beneficiarios sobre la base del acuerdo definitivo de concesión.
Serán subvencionables los gastos directos vinculados a la ejecución del proyecto y destinados a financiar la consecución de los objetivos previstos, así como los gastos indirectos que no podrán exceder del 30 por 100 del total de la subvención concedida. Se entiende por gastos indirectos los propios del funcionamiento regular del solicitante, siempre que puedan imputarse al período de ejecución de la actividad.
En ningún caso serán subvencionables los siguientes gastos: los originados por las actividades realizadas en la condición de miembros de las Juntas directivas o Consejos de Dirección de las entidades, los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los intereses de préstamos, amortizaciones y gastos de procedimientos judiciales.
Las subvenciones reguladas en esta resolución son compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
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Séptimo. Criterios objetivos de valoración.-La propuesta de resolución se formulará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Contenido técnico del programa y su adecuación al objetivo propuesto, el calendario de realización, ámbito geográfico del proyecto, número de beneficiarios y criterios para su selección y descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar (máximo 10 puntos).
b) Medios técnicos y materiales con los que cuenta el solicitante (máximo 4 puntos).
c) Carácter innovador del proyecto (máximo 2 puntos).
d) Pertinencia y viabilidad de la actividad (máximo 2 puntos).
e) Indicadores de evaluación y control de la actividad (máximo 1 punto)
f) Inclusión de la perspectiva de género y la promoción de la educación para la prevención de la violencia de género en el proyecto presentado (máximo 1 punto).
Para la concesión de la subvención será necesario obtener un mínimo de diez puntos, como suma de los obtenidos en la valoración de los seis criterios expuestos... >>+






