«¿Cuántos casos ha habido de acoso escolar? Denunciados, muchos. Incoados y sentenciados como tal, uno o ninguno»
M. Romero LEÓN
El titular de la Fiscalía de Menores de León, Avelino Fierro, sostiene que «no tiene nada que ver la realidad social y la percepción de los padres y educadores con lo que jurídicamente es un acoso escolar», conducta que sin estar tipificada expresamente en el Código Penal se enmarca en las torturas y los delitos contra la integridad moral.
Cuatro jóvenes mayores de 14 años -la fiscalía no tiene capacidad para intervenir en casos protagonizados por chavales de menor edad- fueron juzgados a tenor de los artículos 173 al 177 de este código, aunque por maltrato a sus padres. Según confirman los dos centros autorizados donde se desvía a los menores leoneses para que cumplan medidas como las prestaciones en beneficio de la comunidad o las tareas socioeducativas, no se ha tratado ningún caso de jóvenes violentos dentro del ámbito escolar.
Acentuada humillación Y es que no resulta fácil abrir una cusa judicial por bullying , por muy diversas razones. Por un lado, la mayor parte de los casos de acoso los protagonizan menores de 12 y 13 años, por lo tanto sin edad penal. Por otro, un delito contra la integridad moral frente a otro tipo de delitos o faltas conlleva el matiz de una acentuada humillación, que muy pocas veces es demostrable. Y por último, no todos los casos que se viven como acoso o intimidación entran en este grave supuesto.
«El acoso escolar es un término mediático, pero no jurídico», afirma el fiscal para recalcar que el delito contra la integridad moral engloba «una serie de hechos continuados en el tiempo, como vejaciones, lesiones o amenazas».
«Les llaman por teléfono, les insultan por el messenger, hacen novatadas y les dan collejas... no les dejan vivir, hasta que presentan síntomas típicos como adelgazar, no conciliar el sueño y rebajar el rendimiento», aclara Avelino Fierro.
Como la violencia doméstica
«Es un poco como la violencia doméstica habitual -matiza-. Aunque los hechos no estén muy identificados, si consigues probar que hay una especie de violencia psíquica y que se ha creado un clima de terror en el medio, sería más o menos lo mismo».
Desde la óptica jurídica, una colleja esporádica o esperar a la salida de la escuela para pelearse no va más allá de una falta de amenazas. La segunda vez que se produce una circunstancia de este tipo la calificación se eleva a una falta de lesiones, pero no se dan los condicionantes necesarios para probar un acoso. La dificultad de demostrar el bullying se refleja en la realidad cotidiana de la Unidad de Intervención Educativa de León, dependiente de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, y de Cruz Roja, los dos centros a los que son derivados los menores de entre 14 y 18 años para cumplir las medidas impuestas por el juez para este tipo de casos, que son las prestaciones en beneficio de la comunidad, las tareas socioeducativas, la asistencia a centros de Día o la libertad vigilada. Ninguna de estas entidades ha ejecutado medidas judiciales a tenor de los delitos comprendidos en el título VII del Libro II del Código Penal por hechos que hayan ocurrido en el ámbito escolar durante el año 2006.
Alternativas al internamiento De los 24 menores que fueron asignados a Cruz Roja Española desde León, Villablino, Boñar, Cistierna, Ponferrada y La Bañeza, ninguno estuvo relacionado con el bullying . Pese a ello, esta entidad está preparada para afrontar la ejecución de cualquier medida judicial relativa a la los delitos contra la convivencia escolar, a través de actividades socioeducativas como alternativa al internamiento de los chavales que infringen normas sociales.
Este tipo de correctivos, los más adecuados según la Fiscalía, posibilitan una compensación del daño producido a la sociedad y unas medidas preventivas, dado su carácter educativo y reinsertador, a través de diversos trabajos que realiza esta institución en diferentes puntos de la provincia.
Pueden, por ejemplo, acompañar a personas mayores dentro del programa de Ayuda a Domicilio para la Tercera Edad. Asimismo, bajo el plan de Familias de Acogida, los menores pueden realizar tareas en la ludoteca que se pone en marcha cuando se organizan grupos de autoayuda o de formación para acogedores. Puntualmente, los chavales pueden ser derivados a colaborar en jornadas como el Día Internacional de Lucha contra el Sida o el de los Derechos de la Infancia. DDL
M. Romero LEÓN
El titular de la Fiscalía de Menores de León, Avelino Fierro, sostiene que «no tiene nada que ver la realidad social y la percepción de los padres y educadores con lo que jurídicamente es un acoso escolar», conducta que sin estar tipificada expresamente en el Código Penal se enmarca en las torturas y los delitos contra la integridad moral.
Cuatro jóvenes mayores de 14 años -la fiscalía no tiene capacidad para intervenir en casos protagonizados por chavales de menor edad- fueron juzgados a tenor de los artículos 173 al 177 de este código, aunque por maltrato a sus padres. Según confirman los dos centros autorizados donde se desvía a los menores leoneses para que cumplan medidas como las prestaciones en beneficio de la comunidad o las tareas socioeducativas, no se ha tratado ningún caso de jóvenes violentos dentro del ámbito escolar.
Acentuada humillación Y es que no resulta fácil abrir una cusa judicial por bullying , por muy diversas razones. Por un lado, la mayor parte de los casos de acoso los protagonizan menores de 12 y 13 años, por lo tanto sin edad penal. Por otro, un delito contra la integridad moral frente a otro tipo de delitos o faltas conlleva el matiz de una acentuada humillación, que muy pocas veces es demostrable. Y por último, no todos los casos que se viven como acoso o intimidación entran en este grave supuesto.
«El acoso escolar es un término mediático, pero no jurídico», afirma el fiscal para recalcar que el delito contra la integridad moral engloba «una serie de hechos continuados en el tiempo, como vejaciones, lesiones o amenazas».
«Les llaman por teléfono, les insultan por el messenger, hacen novatadas y les dan collejas... no les dejan vivir, hasta que presentan síntomas típicos como adelgazar, no conciliar el sueño y rebajar el rendimiento», aclara Avelino Fierro.
Como la violencia doméstica
«Es un poco como la violencia doméstica habitual -matiza-. Aunque los hechos no estén muy identificados, si consigues probar que hay una especie de violencia psíquica y que se ha creado un clima de terror en el medio, sería más o menos lo mismo».
Desde la óptica jurídica, una colleja esporádica o esperar a la salida de la escuela para pelearse no va más allá de una falta de amenazas. La segunda vez que se produce una circunstancia de este tipo la calificación se eleva a una falta de lesiones, pero no se dan los condicionantes necesarios para probar un acoso. La dificultad de demostrar el bullying se refleja en la realidad cotidiana de la Unidad de Intervención Educativa de León, dependiente de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, y de Cruz Roja, los dos centros a los que son derivados los menores de entre 14 y 18 años para cumplir las medidas impuestas por el juez para este tipo de casos, que son las prestaciones en beneficio de la comunidad, las tareas socioeducativas, la asistencia a centros de Día o la libertad vigilada. Ninguna de estas entidades ha ejecutado medidas judiciales a tenor de los delitos comprendidos en el título VII del Libro II del Código Penal por hechos que hayan ocurrido en el ámbito escolar durante el año 2006.
Alternativas al internamiento De los 24 menores que fueron asignados a Cruz Roja Española desde León, Villablino, Boñar, Cistierna, Ponferrada y La Bañeza, ninguno estuvo relacionado con el bullying . Pese a ello, esta entidad está preparada para afrontar la ejecución de cualquier medida judicial relativa a la los delitos contra la convivencia escolar, a través de actividades socioeducativas como alternativa al internamiento de los chavales que infringen normas sociales.
Este tipo de correctivos, los más adecuados según la Fiscalía, posibilitan una compensación del daño producido a la sociedad y unas medidas preventivas, dado su carácter educativo y reinsertador, a través de diversos trabajos que realiza esta institución en diferentes puntos de la provincia.
Pueden, por ejemplo, acompañar a personas mayores dentro del programa de Ayuda a Domicilio para la Tercera Edad. Asimismo, bajo el plan de Familias de Acogida, los menores pueden realizar tareas en la ludoteca que se pone en marcha cuando se organizan grupos de autoayuda o de formación para acogedores. Puntualmente, los chavales pueden ser derivados a colaborar en jornadas como el Día Internacional de Lucha contra el Sida o el de los Derechos de la Infancia. DDL

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