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jueves, 03 de mayo de 2007
TRiBUNA · Ana L. Cabezuelo · Profesora de Derecho Civil
Corregir a los hijos ‘razonable y moderadamente’ es inherente a la patria potestad· Los menores violentos no han nacido por generación espontánea
GRANADA 2 MAY. Cuando era estudiante de cuarto curso de Derecho, me sorprendía que en el texto del art.154 del Código Civil, tras aludir al deber de los padres de “corregir razonable y moderadamente a los hijos” sometidos a la patria potestad, se hiciera referencia literalmente a que “los padres podrán en el ejercicio de su potestad recabar el auxilio de la autoridad”. Ahora, cuando contemplo en la prensa que los profesores denuncian agresiones por parte de sus alumnos o que una madre del Principado de Asturias ha acudido a las autoridades para que asuman la tutela de su hija de 13 años, solicitando “ayuda desesperada”, comprendo que las previsiones del legislador no eran vanas.

Aduce esta madre que las terapias a las que se han sometido no han supuesto avance alguno y que la menor se ha escapado además de su casa en dos ocasiones, sin dar explicación alguna a sus padres. Se ha difundido en la prensa que la adolescente ha protagonizado varios robos y agresiones, tanto en su casa como en su instituto y en la calle. Las declaraciones maternas son estremecedoras: “Dice que quiere vivir su vida, pero sin dinero acaba regresando, porque lo único que le quedaría sería robar o prostituirse. Cuando regresaba le hacíamos entender que nos había tenido preocupados y que al menos podía llamarnos, pero ella no le hace caso a nada”. Ante un menor ingobernable a los padres sólo les quedan dos caminos: el primero, desentenderse por completo de la cuestión y dejarlo por imposible, con lo cual se incumplen las obligaciones que han de asumir como progenitores, velando y corrigiendo a sus hijos (art.154 CC).La segunda vía, optar por el diálogo, y advertirle amablemente al niño mil veces que la una de la mañana es hora de estar de vuelta, pero no de salir de copas, o razonar con la niña que podría ser confundida con una meretriz si se exhibe con el atuendo elegido. La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 14 de noviembre de 2000 rechaza que en el deber de corrección pueda ampararse una contusión en la cara causada por el padre que tardó en curar tres días y mantiene que los padres deben actuar “con una disciplina inductiva, basada en parámetros pedagógicas y no violentos, autoritarios o amenazantes que sólo producen resquemor, resentimiento y agresividad en los hijos, víctimas de la situación de crisis familiar”.

Pero de ahí a llevar a un padre desesperado por un simple cachete ante los Tribunales media un abismo. Menos aún acusándole de gravísimas conductas sin prueba alguna. La SAP de Madrid de 15 de marzo de 2002 destaca que “una bofetada dada a una hija ante una discusión con su padre, salvo que queden acreditados otros factores, o la misma tenga una especial gravedad, debe entenderse encuadrada dentro del derecho de los padres a corregir a los hijos ‘razonable y moderadamente’, inherente a la patria potestad que ostenta el denunciado y que establece el artículo 154 del C. Civil, (...) por lo que, pese a que lo ideal en todo caso es utilizar métodos pedagógicos por los padres, el dar una bofetada a un hijo sin excederse debe ser encuadrada tal y como afirma el juez de instancia dentro del derecho de los padres de corregir a los hijos”.En el diálogo con los hijos sucede como con el terrorismo: que no hay peor sordo que el que no quiere oír. Y agotadas todas las vías del razonamiento imaginables, a veces la rebeldía o, simplemente, la condición del menor no se presta a muchas reflexiones, por variadas y pausadas que éstas sean, e incurren una y otra vez en actos que pueden ser calificados de violentos.

Ciertamente, los menores que revientan las cubiertas de los coches de sus profesores o protagonizan actos vandálicos en las aulas no han nacido por generación espontánea y algunos psicólogos defienden la importancia del medio en el que se han criado. Sin ánimo de contradecir lo anterior, algo tendrá que ver también la condición de cada individuo. De otra manera no se explicaría que hermanos criados en el mismo hogar muestren personalidades completamente diversas, antagónicas en algunos casos. Los progenitores, como en la Parábola del Sembrador, salieron a sembrar, pero en algunos terrenos fructificó su esfuerzo y en otros se derrochó en tierra estéril, por muchas terapias que se avinieran a seguir y muchas horas que dialogaran. En la Facultad nos enseñaron que “a lo imposible nadie está obligado”. Diálogo, siempre. Violencia, jamás. Pero cuando se ha llegado hasta donde resulta exigible, otras instancias deben actuar y enderezar lo que con buenas palabras y mejor ejemplo no hay modo de meter en vereda. DGH

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