La Junta regula el proceso para sancionar las faltas más graves de disciplina en los colegios· El decreto de derechos y deberes de los alumnos prohíbe expresamente el uso de teléfonos móviles en las aulas
. Contempla actuaciones preventivas y posteriores y viene a reforzar la autoridad de la figura del docente
R. M./VALLADOLID
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó ayer el decreto que regula los derechos y deberes de los alumnos en los centros escolares de la comunidad, así como la participación de las familias en el proceso educativo. Según resumió el consejero de Educación, Francisco Álvarez Guisasola, se trata de un decreto que «da más potestad a los profesores a la hora de resolver los problemas, al tiempo que es un decreto fundamentalmente reeducador».
En este sentido, y frente a la anterior normativa estatal sobre esta materia, que data del año 1995, el nuevo decreto presenta un carácter «menos sancionador», aunque tipifica un buen número de nuevos actos contrarios a las normas de convivencia de los propios centros, y otorga un papel importante a la figura del mediador, de nueva creación, y a la participación de los padres en lo que se denomina «procesos de acuerdo reeducativo», o acuerdos formales entre el centro los profesores y las familias para reorientar la actitud de un alumno.
El decreto, que entrará en vigor con el nuevo curso escolar, establece la posibilidad de que los centros adopten medidas inmediatas cuando se detecte un caso de acoso escolar, es decir, antes incluso de que se abra el correspondiente expediente disciplinario. Además, el próximo curso todos los institutos de educación secundaria deberán contar con un Coordinador de Convivencia, que ya existe en 72 centros de la comunidad.
El decreto tipifica las conductas contrarias a las normas de convivencia del centro y las gravemente perjudiciales. Entre las primeras figuran las manifestaciones contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos, las faltas de puntualidad o de asistencia a clase no justificadas o, por primera vez, la utilización inadecuada de aparatos electrónicos, como móviles, cámaras de fotos, radios, etcétera.
Entre las conductas «gravemente perjudiciales» para la convivencia destacan la falta de respeto, la indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta al profesorado; las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, y el deterioro grave intencionado del material o dependencias del centro, entre otras. Estas conductas pueden ser sancionadas, previa incoación de expediente y nombramiento de un instructor, con la realización de tareas que contribuyan a mejorar la convivencia, no poder participar en actividades extraescolares, el cambio de grupo, la expulsión de clase -entre cinco y treinta días lectivos- o el cambio de centro.
Asimismo, los alumnos que individual o colectivamente causen de forma intencionada daños en las instalaciones del centro, su material o los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa deberán reparar el daño causado o hacerse cargo del coste de su reparación.
Derechos y deberes
En su preámbulo, el decreto señala que «la existencia de conflictos en el ámbito escolar provoca una especial preocupación en la comunidad educativa y en la sociedad en general, y exige una respuesta adecuada por parte de los poderes públicos». «Esta preocupación -añade- viene a reafirmar la profunda convicción de que la educación en un sistema democrático debe inculcar a los alumnos que el desarrollo de los derechos propios debe ir acompañado ineludiblemente de los deberes hacia los demás».
Entre los deberes de los alumnos se citan: estudiar, respetar a los demás, participar en las actividades del centro, contribuir a la mejora de la convivencia escolar y el deber de ciudadanía. Entre los derechos figura, por primera vez, el de «manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad» sin perjuicio de los derechos de los miembros de la comunidad educativa y su respeto. NC
Los profesores podrán actuar ante problemas de convivencia escolar antes de abrir un expediente
El nuevo Decreto que regula los derechos y deberes de los alumnos contempla actuaciones preventivas y posteriores y viene a reforzar la autoridad de la figura del docente
ICAL / VALLADOLID
Los profesores de los colegios podrán adoptar medidas correctoras de carácter inmediato cuando detecten un caso que esté perturbando la convivencia escolar, antes de que se haya abierto un expediente disciplinario, según consta en el Decreto por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos, así como la participación y compromisos de las familias en el proceso educativo, aprobado ayer en Consejo de Gobierno.
La norma, que sustituye a otro decreto de 1995, viene a reforzar la autoridad de la figura del profesor, que sólo podía tomar una decisión en este sentido cuando existía un expediente disciplinario, lo que implicaba la dilatación del caso en el tiempo, indicó el consejero de Educación, Francisco Javier Álvarez Guisasola, quien explicó la medida con el ejemplo de un alumno que está acosando a otro, de modo que, a partir de ahora, el profesor podrá actuar de inmediato, hasta que se adopte una decisión final.
Entre las novedades, el documento incluye dos tipos de actuaciones, preventivas y posteriores, en función de las conductas: contrarias a las normas de convivencia, tales como manifestaciones contrarias a los valores y derechos democráticos, acciones de desconsideración, insultos, utilización inadecuada de aparatos electrónicos, o faltas de respeto, entre otras; y conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro -que serán calificadas como faltas-, siendo consideradas como tales la indisciplina, acoso, amenazas y agresiones verbales o físicas, vejaciones, suplantación de la personalidad en la vida docente, etcétera.
Cinco y cinco. La norma, que entrará en vigor en el próximo curso escolar, reduce a cinco los derechos y los deberes de los alumnos, que en el anterior decreto sumaban 18 y seis, en cada caso. Los derechos pasan por una formación integral, a ser respetado, evaluado objetivamente, a participar en la vida del centro y a protección social. Mientras, sus deberes son estudiar, respetar a los demás, participar en las actividades del centro, contribuir a la mejora de la convivencia escolar y el deber de ciudadanía.
Contradecir las normas de convivencia o perjudicar ésta gravemente conllevará sanciones que van desde la realización de tareas para el centro, hasta la suspensión del derecho de acudir a algunas clases. No obstante, para la gestión de los conflictos entrarán en juego el mediador y los procesos de acuerdo reeducativo. DB
Los profesores podrán tomar medidas disciplinarias inmediatas ante problemas de convivencia escolar
HENAR DÍAZ/ VALLADOLID
Hace tiempo ya que los expertos demandaban la necesidad de una mayor coordinadión entre los docentes y las familias para mejorar la convivencia escolar. Fruto de esa necesidad, la Junta comenzó a trabajar en la implantación de una serie de medidas que regulasen tanto los derechos y deberes de los alumnos como la participación de las familias en el proceso educativo. El Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto por el que se regulan tales medidas; una norma que el responsable de Educación en la Comunidad, Francisco Javier Álvarez Guisasola, definió como «reeducadora», frente al «aspecto sancionador» que tenía el decreto estatal de 1995.
Una de las principales novedades de este decreto, explicó el consejero, es que permitirá a los profesores adoptar medidas inmediatas cuando detecten un caso que esté perturbando la convivencia escolar. Antes, explicó, los profesores, cuando se producía una falta o alteración de la convivencia, no podían actuar hasta que no se incoase el expediente disciplinario abierto. «Con este decreto existen medidas inmediatas de actuación que pueden ser preventivas, si no se llega a una falta grave o si lo es -por ejemplo, en el caso de un alumno acosador-, que el profesor pueda actuar antes de que se adopte una decisión final.
En esta línea Guisasola avanzó también el acortamiento de los plazos en la resolución de los expedientes disciplinarios. «Antes un proceso podía durar entre uno y tres meses», explicó, «con la nueva norma este proceso se reduce a quince días». En este apartado Guisasola recordó que se introducen las figuras de coordinador de la convivencia y de mediador, «que actuará en conflictos entre profesores y alumnos, entre familias y profesores y entre los propios alumnos».
Otra de las novedades de este documento es la nueva catalogación de las conductas contrarias a las normas de convivencia de los alumnos. Mientras la anterior norma sólamente establecía una clase de conductas, las graves, en ésta se tipifican como leves o gravemente perjudiciales. Como ejemplo de las primeras el consejero se refirió a manifestaciones expresas contrarias a valores democráticos; la amenaza a los profesores; la falta de aseo personal o la indumentaria que pudiera alterar la vida del centro -en este sentido, explicó que aún no se había contemplado la posibilidad del velo islámico- y la utilización inadecuada de aparatos electrónicos -móviles, mp3, consolas...-. En el segundo caso entrarían el acoso; las vejaciones y humillaciones; la suplantación de personalidad o el deterioro grave de las infraestructuras.
La norma, que entrará en vigor el próximo curso escolar, reduce a cinco los derechos y los deberes de los alumnos, que en el anterior sumaban 18 y seis, en cada caso.
Currículo de la ESO
También en el capítulo de educación, el Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en la región, que tiene entre sus principales novedades, el incremento de horas destinadas a la Lengua Castellana y las Matemáticas, así como la inclusión de nuevas materias en relación al anterior: Educación para la Ciudadanía, que se dará en segundo curso; Latín, que se impartirá en cuarto, al igual que Informática, e Historia y cultura de las religiones para aquellos alumnos que cursen Religión en su opción no confesional. abc
. Contempla actuaciones preventivas y posteriores y viene a reforzar la autoridad de la figura del docente
R. M./VALLADOLID
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó ayer el decreto que regula los derechos y deberes de los alumnos en los centros escolares de la comunidad, así como la participación de las familias en el proceso educativo. Según resumió el consejero de Educación, Francisco Álvarez Guisasola, se trata de un decreto que «da más potestad a los profesores a la hora de resolver los problemas, al tiempo que es un decreto fundamentalmente reeducador».
En este sentido, y frente a la anterior normativa estatal sobre esta materia, que data del año 1995, el nuevo decreto presenta un carácter «menos sancionador», aunque tipifica un buen número de nuevos actos contrarios a las normas de convivencia de los propios centros, y otorga un papel importante a la figura del mediador, de nueva creación, y a la participación de los padres en lo que se denomina «procesos de acuerdo reeducativo», o acuerdos formales entre el centro los profesores y las familias para reorientar la actitud de un alumno.
El decreto, que entrará en vigor con el nuevo curso escolar, establece la posibilidad de que los centros adopten medidas inmediatas cuando se detecte un caso de acoso escolar, es decir, antes incluso de que se abra el correspondiente expediente disciplinario. Además, el próximo curso todos los institutos de educación secundaria deberán contar con un Coordinador de Convivencia, que ya existe en 72 centros de la comunidad.
El decreto tipifica las conductas contrarias a las normas de convivencia del centro y las gravemente perjudiciales. Entre las primeras figuran las manifestaciones contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos, las faltas de puntualidad o de asistencia a clase no justificadas o, por primera vez, la utilización inadecuada de aparatos electrónicos, como móviles, cámaras de fotos, radios, etcétera.
Entre las conductas «gravemente perjudiciales» para la convivencia destacan la falta de respeto, la indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta al profesorado; las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, y el deterioro grave intencionado del material o dependencias del centro, entre otras. Estas conductas pueden ser sancionadas, previa incoación de expediente y nombramiento de un instructor, con la realización de tareas que contribuyan a mejorar la convivencia, no poder participar en actividades extraescolares, el cambio de grupo, la expulsión de clase -entre cinco y treinta días lectivos- o el cambio de centro.
Asimismo, los alumnos que individual o colectivamente causen de forma intencionada daños en las instalaciones del centro, su material o los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa deberán reparar el daño causado o hacerse cargo del coste de su reparación.
Derechos y deberes
En su preámbulo, el decreto señala que «la existencia de conflictos en el ámbito escolar provoca una especial preocupación en la comunidad educativa y en la sociedad en general, y exige una respuesta adecuada por parte de los poderes públicos». «Esta preocupación -añade- viene a reafirmar la profunda convicción de que la educación en un sistema democrático debe inculcar a los alumnos que el desarrollo de los derechos propios debe ir acompañado ineludiblemente de los deberes hacia los demás».
Entre los deberes de los alumnos se citan: estudiar, respetar a los demás, participar en las actividades del centro, contribuir a la mejora de la convivencia escolar y el deber de ciudadanía. Entre los derechos figura, por primera vez, el de «manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad» sin perjuicio de los derechos de los miembros de la comunidad educativa y su respeto. NC
Los profesores podrán actuar ante problemas de convivencia escolar antes de abrir un expediente
El nuevo Decreto que regula los derechos y deberes de los alumnos contempla actuaciones preventivas y posteriores y viene a reforzar la autoridad de la figura del docente
ICAL / VALLADOLID
Los profesores de los colegios podrán adoptar medidas correctoras de carácter inmediato cuando detecten un caso que esté perturbando la convivencia escolar, antes de que se haya abierto un expediente disciplinario, según consta en el Decreto por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos, así como la participación y compromisos de las familias en el proceso educativo, aprobado ayer en Consejo de Gobierno.
La norma, que sustituye a otro decreto de 1995, viene a reforzar la autoridad de la figura del profesor, que sólo podía tomar una decisión en este sentido cuando existía un expediente disciplinario, lo que implicaba la dilatación del caso en el tiempo, indicó el consejero de Educación, Francisco Javier Álvarez Guisasola, quien explicó la medida con el ejemplo de un alumno que está acosando a otro, de modo que, a partir de ahora, el profesor podrá actuar de inmediato, hasta que se adopte una decisión final.
Entre las novedades, el documento incluye dos tipos de actuaciones, preventivas y posteriores, en función de las conductas: contrarias a las normas de convivencia, tales como manifestaciones contrarias a los valores y derechos democráticos, acciones de desconsideración, insultos, utilización inadecuada de aparatos electrónicos, o faltas de respeto, entre otras; y conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro -que serán calificadas como faltas-, siendo consideradas como tales la indisciplina, acoso, amenazas y agresiones verbales o físicas, vejaciones, suplantación de la personalidad en la vida docente, etcétera.
Cinco y cinco. La norma, que entrará en vigor en el próximo curso escolar, reduce a cinco los derechos y los deberes de los alumnos, que en el anterior decreto sumaban 18 y seis, en cada caso. Los derechos pasan por una formación integral, a ser respetado, evaluado objetivamente, a participar en la vida del centro y a protección social. Mientras, sus deberes son estudiar, respetar a los demás, participar en las actividades del centro, contribuir a la mejora de la convivencia escolar y el deber de ciudadanía.
Contradecir las normas de convivencia o perjudicar ésta gravemente conllevará sanciones que van desde la realización de tareas para el centro, hasta la suspensión del derecho de acudir a algunas clases. No obstante, para la gestión de los conflictos entrarán en juego el mediador y los procesos de acuerdo reeducativo. DB
HENAR DÍAZ/ VALLADOLID
Hace tiempo ya que los expertos demandaban la necesidad de una mayor coordinadión entre los docentes y las familias para mejorar la convivencia escolar. Fruto de esa necesidad, la Junta comenzó a trabajar en la implantación de una serie de medidas que regulasen tanto los derechos y deberes de los alumnos como la participación de las familias en el proceso educativo. El Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto por el que se regulan tales medidas; una norma que el responsable de Educación en la Comunidad, Francisco Javier Álvarez Guisasola, definió como «reeducadora», frente al «aspecto sancionador» que tenía el decreto estatal de 1995.
Una de las principales novedades de este decreto, explicó el consejero, es que permitirá a los profesores adoptar medidas inmediatas cuando detecten un caso que esté perturbando la convivencia escolar. Antes, explicó, los profesores, cuando se producía una falta o alteración de la convivencia, no podían actuar hasta que no se incoase el expediente disciplinario abierto. «Con este decreto existen medidas inmediatas de actuación que pueden ser preventivas, si no se llega a una falta grave o si lo es -por ejemplo, en el caso de un alumno acosador-, que el profesor pueda actuar antes de que se adopte una decisión final.
En esta línea Guisasola avanzó también el acortamiento de los plazos en la resolución de los expedientes disciplinarios. «Antes un proceso podía durar entre uno y tres meses», explicó, «con la nueva norma este proceso se reduce a quince días». En este apartado Guisasola recordó que se introducen las figuras de coordinador de la convivencia y de mediador, «que actuará en conflictos entre profesores y alumnos, entre familias y profesores y entre los propios alumnos».
Otra de las novedades de este documento es la nueva catalogación de las conductas contrarias a las normas de convivencia de los alumnos. Mientras la anterior norma sólamente establecía una clase de conductas, las graves, en ésta se tipifican como leves o gravemente perjudiciales. Como ejemplo de las primeras el consejero se refirió a manifestaciones expresas contrarias a valores democráticos; la amenaza a los profesores; la falta de aseo personal o la indumentaria que pudiera alterar la vida del centro -en este sentido, explicó que aún no se había contemplado la posibilidad del velo islámico- y la utilización inadecuada de aparatos electrónicos -móviles, mp3, consolas...-. En el segundo caso entrarían el acoso; las vejaciones y humillaciones; la suplantación de personalidad o el deterioro grave de las infraestructuras.
La norma, que entrará en vigor el próximo curso escolar, reduce a cinco los derechos y los deberes de los alumnos, que en el anterior sumaban 18 y seis, en cada caso.
Currículo de la ESO
También en el capítulo de educación, el Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en la región, que tiene entre sus principales novedades, el incremento de horas destinadas a la Lengua Castellana y las Matemáticas, así como la inclusión de nuevas materias en relación al anterior: Educación para la Ciudadanía, que se dará en segundo curso; Latín, que se impartirá en cuarto, al igual que Informática, e Historia y cultura de las religiones para aquellos alumnos que cursen Religión en su opción no confesional. abc







