Un año y tres meses de libertad vigilada es el castigo que el Juez de menores de Jerez ha impuesto a una chica de quince años de edad por un delito de violencia psíquica habitual en el que la principal víctima era su madre
JEREZ 27/07/2007 NOEMÍ GONZÁLEZ
Esa medida se enmarca dentro de una sentencia dictada recientemente por el magistrado titular del Juzgado de Menores de Jerez, José Miguel Martínez González del Campo.
Uno de los hechos que más llaman la atención de este caso es que la propia adolescente, que a finales de este año cumple los dieciséis, aceptó su culpabilidad una vez que se le enunciaron en el acto de juicio los hechos por los que estaba acusada. Este hecho ha facilitado que se le rebajase la medida que en un principio solicitaba para ella el representante del Ministerio Fiscal. En un principio éste requería para la menor una medida de un año y medio de libertad vigilada con tratamiento familiar y, en su caso, de consumo de drogas tóxicas, tal y como figura en la sentencia en el apartado de los antecedentes de hechos.
Así, el juez considera como probado que en su domicilio familiar la adolescente tiene una "pésima conducta", así como que ignora "totalmente" la autoridad no sólo de su madre, sino del marido de ésta. La situación ha llegado hasta tal punto que la menor suele marcharse de su casa sin dar explicaciones a nadie e incluso ha llegado al punto de estar fuera de casa varios días. Cuando su progenitora le ha pedido explicaciones al respecto la adolescente le ha gritado, así como ha causado daños a algunos enseres del domicilio, "al tiempo que araña los muebles de la casa y da portazos", se indica en el fallo. Esa situación sin duda no es ajena a la que se puede llegar a vivir en otros domicilios que tiene a un adolescente como miembro del núcleo familiar.
El magistrado hace constar asimismo que en la menor concurren una serie de factores de riesgo derivados tanto de factores individuales como socioambientales. Entre esos factores figuran tanto la ociosidad como la ausencia de un proyecto formativo y laboral. Así se hace constar que la menor tiene relación con otras personas iguales de riesgo y que es "emocionalmente inmadura, irresponsable, con precarias habilidades sociales, impulsividad y escasa tolerancia a la frustración". La adolescente ni siquiera es consciente, de este modo se plasma en el fallo, de la situación de riesgo en la que está inmersa y se hace ver que muestra una escasa predisposición al cambio. ES
Libertad vigilada para una menor por maltratar a su madre en Jerez
JEREZ 27/07/2007 NOEMÍ GONZÁLEZ Un año y tres meses de libertad vigilada es el castigo que se le ha impuesto a una menor por un delito de violencia psíquica habitual en el que la principal víctima era su madre. Esa medida se enmarca dentro de una sentencia dictada recientemente por el magistrado titular del Juzgado de Menores de Jerez de la Frontera (Cádiz), José Miguel Martínez González del Campo. La propia adolescente, que a finales de este año cumple los dieciséis, aceptó su culpabilidad, lo que ha facilitado que se le rebajase la medida de un año y medio de libertad vigilada con tratamiento familiar que solicitaba el representante del Ministerio Fiscal.
El juez considera probado que en su domicilio familiar la adolescente tiene una "pésima conducta", así como que ignora "totalmente" la autoridad no sólo de su madre, sino del marido de ésta. La menor suele marcharse de su casa sin dar explicaciones a nadie e incluso ha llegado a estar fuera de casa varios días. El fallo explica que cuando su progenitora le pedía explicaciones, la adolescente le gritaba y causaba daños a algunos enseres del domicilio, "al tiempo que araña los muebles de la casa y da portazos".
El magistrado hace constar que la menor tiene relación con otras personas iguales de riesgo y además, que es "emocionalmente inmadura, irresponsable, con precarias habilidades sociales, impulsividad y escasa tolerancia a la frustración". La sentencia emitida tiene carácter firme, puesto que se llegó a ella mediante un acuerdo de conformidad entre ambas partes y porque la misma menor asumió aquello de lo que se la inculpaba. DGH
JEREZ 27/07/2007 NOEMÍ GONZÁLEZ
Esa medida se enmarca dentro de una sentencia dictada recientemente por el magistrado titular del Juzgado de Menores de Jerez, José Miguel Martínez González del Campo.
Uno de los hechos que más llaman la atención de este caso es que la propia adolescente, que a finales de este año cumple los dieciséis, aceptó su culpabilidad una vez que se le enunciaron en el acto de juicio los hechos por los que estaba acusada. Este hecho ha facilitado que se le rebajase la medida que en un principio solicitaba para ella el representante del Ministerio Fiscal. En un principio éste requería para la menor una medida de un año y medio de libertad vigilada con tratamiento familiar y, en su caso, de consumo de drogas tóxicas, tal y como figura en la sentencia en el apartado de los antecedentes de hechos.
Así, el juez considera como probado que en su domicilio familiar la adolescente tiene una "pésima conducta", así como que ignora "totalmente" la autoridad no sólo de su madre, sino del marido de ésta. La situación ha llegado hasta tal punto que la menor suele marcharse de su casa sin dar explicaciones a nadie e incluso ha llegado al punto de estar fuera de casa varios días. Cuando su progenitora le ha pedido explicaciones al respecto la adolescente le ha gritado, así como ha causado daños a algunos enseres del domicilio, "al tiempo que araña los muebles de la casa y da portazos", se indica en el fallo. Esa situación sin duda no es ajena a la que se puede llegar a vivir en otros domicilios que tiene a un adolescente como miembro del núcleo familiar.
El magistrado hace constar asimismo que en la menor concurren una serie de factores de riesgo derivados tanto de factores individuales como socioambientales. Entre esos factores figuran tanto la ociosidad como la ausencia de un proyecto formativo y laboral. Así se hace constar que la menor tiene relación con otras personas iguales de riesgo y que es "emocionalmente inmadura, irresponsable, con precarias habilidades sociales, impulsividad y escasa tolerancia a la frustración". La adolescente ni siquiera es consciente, de este modo se plasma en el fallo, de la situación de riesgo en la que está inmersa y se hace ver que muestra una escasa predisposición al cambio. ES
JEREZ 27/07/2007 NOEMÍ GONZÁLEZ Un año y tres meses de libertad vigilada es el castigo que se le ha impuesto a una menor por un delito de violencia psíquica habitual en el que la principal víctima era su madre. Esa medida se enmarca dentro de una sentencia dictada recientemente por el magistrado titular del Juzgado de Menores de Jerez de la Frontera (Cádiz), José Miguel Martínez González del Campo. La propia adolescente, que a finales de este año cumple los dieciséis, aceptó su culpabilidad, lo que ha facilitado que se le rebajase la medida de un año y medio de libertad vigilada con tratamiento familiar que solicitaba el representante del Ministerio Fiscal.
El juez considera probado que en su domicilio familiar la adolescente tiene una "pésima conducta", así como que ignora "totalmente" la autoridad no sólo de su madre, sino del marido de ésta. La menor suele marcharse de su casa sin dar explicaciones a nadie e incluso ha llegado a estar fuera de casa varios días. El fallo explica que cuando su progenitora le pedía explicaciones, la adolescente le gritaba y causaba daños a algunos enseres del domicilio, "al tiempo que araña los muebles de la casa y da portazos".
El magistrado hace constar que la menor tiene relación con otras personas iguales de riesgo y además, que es "emocionalmente inmadura, irresponsable, con precarias habilidades sociales, impulsividad y escasa tolerancia a la frustración". La sentencia emitida tiene carácter firme, puesto que se llegó a ella mediante un acuerdo de conformidad entre ambas partes y porque la misma menor asumió aquello de lo que se la inculpaba. DGH






