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jueves, 27 de septiembre de 2007
Los directores de los centros podrán expulsar hasta un mes a los alumnos · El nuevo decreto da más autonomía a los colegios para imponer sanciones
· Incluye el derecho del estudiante a una evaluación objetiva de su rendimiento

Imagen Oviedo 26 SEP 2007 LNE
Los directores de los centros educativos no universitarios de Asturias podrán imponer a sus alumnos sanciones que impliquen su expulsión durante un período de hasta un mes por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Así aparece tipificado en el decreto por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado que fue aprobado ayer por el Consejo de Gobierno, y que impulsa la autonomía de los centros tanto en la resolución de reclamaciones como en la imposición de correcciones.

La nueva normativa prevé, además, que colegios o institutos elaboren un plan integral de convivencia y constituyan una comisión encargada de canalizar las iniciativas oportunas para mejorar el ambiente escolar.

Según la portavoz del Gobierno, Ana Rosa Migoya, el objetivo del texto, que ha sido consensuado con la comunidad educativa, con los sindicatos y que ha sido sometido al Consejo Consultivo del Principado, es lograr la resolución pacífica de conflictos mediante procesos de mediación e incorpora, además, el derecho -reconocido como esencial- a la evaluación objetiva del rendimiento escolar del alumnado.

Este último es uno de los derechos que se reconocen a los estudiantes y prevé que éstos dispongan de 48 horas de plazo para formular reclamaciones contra las calificaciones obtenidas, que deberán ser resueltas en un período máximo de tres días lectivos por el director del centro en primera instancia, aunque se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Educación.

El Decreto reconoce además, entre otros, el derecho de los alumnos al respeto a sus propias convicciones, a su identidad, integridad y dignidad personales, así como a la participación, reunión y asociación y la manifestación colectiva de discrepancias.

En el apartado de deberes figuran los de «estudio, asistencia a clase y esfuerzo», el de respeto al profesorado y el reconocimiento de su autoridad, así como a los valores democráticos, a los demás miembros de la comunidad educativa y a las normas de convivencia, organización y disciplina del colegio o instituto, según recoge el texto.
El plan de convivencia de cada centro debe incluir un diagnóstico de la situación y el establecimiento de unas normas generales y de medidas para prevenir, detectar, mediar y resolver conflictos.
El decreto persigue, además, según el Gobierno, potenciar la mediación en estos casos mediante la intervención de una tercera persona con formación específica e imparcial y que puede utilizarse como estrategia preventiva en la gestión de conflictos. Esta mediación supone voluntariedad y confidencialidad, y su procedimiento se iniciará por ofrecimiento de la dirección del centro en un plazo máximo de quince días.

Las correcciones previstas incluyen sanciones como la amonestación oral, el cambio de grupo o la suspensión de asistencia al centro por un período máximo de tres días en el caso de alumnos que perturben el normal desarrollo de las clases. lne

  • El nuevo decreto da más autonomía a los colegios para imponer sanciones
    La norma regula por primera vez los derechos y deberes de los estudiantes


    I. VILLAR
    El Consejo de Gobierno dio ayer su visto bueno al decreto que regulará la convivencia en los centros docentes no universtarios y que permitirá a los directores de colegios e institutos adoptar de forma directa medidas sancionadoras que pueden ir hasta la expulsión de los alumnos conflictivos durante un mes, sin tener que esperar a una decisión de la consejería.

    La portavoz del Ejecutivo regional, Ana Rosa Migoya, anunció los principales puntos del nuevo decreto, que recoge por primera vez en una norma específica una regulación de los derechos y deberes de los alumnos. El objetivo de esta medida, según explicó Migoya, es favorecer la disciplina a todos los niveles y reforzar la autoridad de los profesores y equipos directivos.

    El aspecto más significativo del decreto es la modificación del método de aplicación de sanciones, que queda ahora en manos directas de la dirección de los centros, sin necesidad de iniciar los correspondientes trámites ante Educación. Según recoge el documento, «el incumplimiento de las normas de convivencia establecidas en cada centro supondrá la aplicación de correcciones que debe tener carácter recuperador».

    La Consejería distingue dos tipos de conductas sancionables: las «contrarias a las normas de convivencia» y las «gravemente perjudiciales». Estas últimas, - que incluyen la agresión física, las injurias y ofensas, las amenazas, el deterioro grave de las instalaciones, los atentados contra la intimidad y la suplantación de personalidad en actos de la vida docente, entre otras- son las que acarrean sanciones más duras, que pueden llegar hasta la expulsión del alumno durante un mes o el cambio de centro. El encargado de imponer las medidas de corrección oportunas será el director del centro, lo que constituye una novedad con respecto a la normativa actual.

    Las sanciones para los actos que perturben el normal desarrollo de las clases, las faltas injustificadas de puntualidad y asistencia y el trato incorrecto a los compañeros irán desde la amonestación oral hasta la expulsión durante tres días. En este caso serán los profesores, jefes de estudios y la dirección del centro quienes acuerden las medidas a tomar.

    Plan de convivencia

    Por otra parte, el decreto insta a los centros educativos a elaborar un Plan Integral de Convivencia que deberá establecer unas normas que sirvan para «prevenir, detectar, resolver y mediar en posibles conflictos». Se crearán además «comisiones de convivencia» que canalizarán todas las iniciativas que permitan mejorar el ambiente escolar y desarrollar medidas contra la discriminación del alumnado.

    La norma aboga por la mediación escolar como método de resolución de conflictos, con la intervención de terceras personas con formación específica e imparciales que ayuden a la búsqueda de acuerdos entre las partes. La mediación supondrá voluntariedad y confidencialidad y el procedimiento se iniciará por ofrecimiento de la dirección del centro. Estos procesos deberán resolverse en un máximo de 15 días.

    El grueso del documento se dedica a listar los derechos y deberes de los alumnos, que incluyen los derechos a una valoración objetiva, a la igualdad de oportunidades, a la participación en las instituciones educativas y a la manifestación, entre otros. Los deberes inciden en la idea del respeto al profesorado, a los compañeros y a las instalaciones.

    La Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Asturias Miguel Virgós se mostró satisfecha con el decreto «por la implantación del factor de la inmediatez» a la hora de aplicar medidas correctivas a alumnos conflictivos. eCD

  • Los colegios asturianos podrán expulsar un mes a sus alumnos

    SUSANA NEIRA. OVIEDO Los alumnos asturianos conflictivos se encontrarán a partir de este curso con que los castigos a su falta de disciplina serán aplicados directamente por la dirección del centro, sin necesidad de una revisión por parte de la Consejería de Educación y Ciencia, como ocurría hasta ahora. Los directores podrán, incluso, expulsar directamente durante un máximo de un mes a aquellos estudiantes que comentan incidencias «gravemente perjudiciales» para la convivencia como las agresiones físicas, las amenazas o el deterioro de las instalaciones.

    El Consejo de Gobierno del Principado aprobó ayer un novedoso decreto que regula los derechos y deberes del alumnado, pretende aumentar la disciplina y fomentar la convivencia en los centros docentes. El documento, consensuado con la comunidad educativa y los sindicatos asturianos, da una mayor autonomía a los centros educativos para solucionar los casos de conflictivo entre profesorado, alumnado y padres en colegios e institutos.
    El documento tipifica claramente qué situaciones pueden acarrear una sanción del director. Éstas son las agresiones a profesores o compañeros, injurias y ofensas, actuaciones perjudiciales para la salud, las humillaciones, las amenazas, la suplantación de personalidad en actos de la vida docente, los actos vandálicos en las instalaciones o los atentados contra la intimidad.

    Para cuestiones menos graves, los jefes de estudio y los profesores también contarán con autoridad suficiente para amonestar. Podrán decidir, por ejemplo, sobre un cambio de grupo de un alumno o suspenderle su derecho de asistencia al centro por un periodo máximo de tres días en caso de que perturben el desarrollo normal de las clases, falten o lleguen tarde «por causa injustificada».

    Plan Integral de Convivencia


    La portavoz del Ejecutivo regional, Ana Rosa Migota, explicó ayer que el siguiente paso a la aprobación de este decreto, cuyo estudio y discusión comenzó en 2006, será que los centros educativos elaboren un Plan Integral de Convivencia.
    También se constituirá una Comisión de Convivencia en cada centro educativo, que se encargará de canalizar todas las iniciativas que permitan mejorar el ambiente escolar, desarrollar las iniciativas contra la discriminación del alumnado y evaluar el cumplimiento de las sanciones que se hayan impuesto.

    El decreto potencia la mediación entre las partes del sistema educativo a través de una tercera persona. Se tratará de un profesional cualificado que se encargará de revolver con «confidencialidad e imparcialidad» los conflictos surgidos y que dispondrán de un plazo de dos semanas para encontrar una salida al conflicto. abc

  • Bandera Blanca

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