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domingo, 30 de diciembre de 2007
50 horas de prestaciones a favor de la comunidad tendrá que cumplir el autor de las agresiones · La víctima fue sometida a constantes vejaciones e insultos por otro alumno de su clase
J. FRANCISCO MESTRE. 29 DIC 2007 PALMA.
La Audiencia de Palma ha dictado la primera sentencia por acoso escolar en un centro de enseñanza de Mallorca. Se condena a un menor, que asiste a un centro educativo de Sóller, a cumplir 50 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad por vejar a un compañero de su clase. Esta misma medida de sanción ya la adoptó el juez de menores, que condenó al autor de este acoso escolar por una falta continuada de malos tratos. Esta resolución ha sido ahora confirmada por el tribunal de la sección segunda de la Audiencia de Palma.

El acoso escolar a este alumno se desarrolló durante los meses de septiembre y octubre del pasado año en el colegio Sant Vicenç de Paúl, en la localidad de Sóller. La sentencia declara probado que el menor condenado, junto con otro compañero, se dedicaron a instigar a otro escolar de su mismo curso. Le propinaban habitualmente empujones, golpes detrás de las orejas y collejas. También denunció la víctima que sus dos compañeros intentaron que se cayera cuando estaba entrenando en bicicleta.

El menor que ha sido víctima de este acoso por parte de un compañero puso en conocimiento del director del centro educativo las continuas vejaciones que estaba sufriendo. El propio director tuvo que asistir a juicio y declarar como testigo. Su declaración fue una de las pruebas que utilizó el juez de menores para determinar que los hechos que denunciaba el alumno de Sóller eran ciertos y, por tanto, merecían una sanción penal.

La sentencia de la Audiencia no abunda sobre el problema del acoso escolar, sino que se limita a analizar las pruebas de este caso concreto ocurrido en el centro educativo de Sóller.
La Sala establece la diferencia entre los que podrían tratarse de simples bromas a un acoso a un compañero.

Precisamente la defensa del menor condenado estableció que se trataba de una denuncia exagerada, que no existió nunca un acoso hacia el denunciante más allá de alguna que otra broma. El tribunal cree, en cambio, que no se trata de bromas, sino de una actuación delictiva.

Declaraciones distintas

La sentencia incide sobre todo en comparar las declaraciones de los dos menores, tanto acusado como víctima. El primero declaró que era cierto que le hacía collejas a su compañero y que le llamaba por un mote, y no por su verdadero nombre, pero "que lo hacía en broma y era algo normal entre los compañeros de clase". El denunciante, en cambio, dejó claro al juez que al principio de curso todo era normal, pero que después la situación fue a más y se convirtió en algo continuo. Sus compañeros le cogían por detrás en la silla de clase. Mientras uno de los alumnos le sujetaba con los brazos alrededor del tronco para que no se moviera, el otro le daba golpes en el cuello. Esta situación se repitió hasta que lo denunció al director. El caso llegó hasta el juzgado de menores, que dictó una sentencia condenatoria.

Los casos de violencia en las aulas han sufrido un elevado aumento en los últimos años en los centros educativos de Balears. DM

  • ANÁLISIS· SEBASTIÀ VERD · PERIODISTA
    Un castigo ejemplar

    Un menor ha sido condenado por la Audiencia de Palma a cumplir cincuenta horas de prestaciones en beneficio de la comunidad. La sentencia considera probado que él y otro menor sometieron a un compañero de clase a constantes vejaciones, hasta tal punto que la víctima puso los hechos en conocimiento de la dirección del centro escolar y posteriormente los denunció. El juez de menores ya había dictado una sentencia similar y con la misma condena que ahora -por primera vez en la historia judicial de Balears- ha sido ratificada por la Audiencia. Se trata de una sentencia ejemplar o ejemplarizante que no sólo castiga una conducta agresiva sino que, a pesar de que se centra sólo en este caso, alerta socialmente sobre la creciente violencia escolar que se vive en los centros de enseñanza de las islas.

    Una sentencia ejemplar porque el acoso escolar, como cualquier otro comportamiento violento, es inadmisible y no puede quedar impune. No puede ser tratado como una simple broma entre jóvenes, como pretendía la defensa. La sentencia, que sopesa las declaraciones del acusado y de la víctima, lo establece así sin lugar a dudas. El menor condenado manifestó ante el juez que los empujones, golpes e insultos que dirigía a su víctima eran algo normal entre compañeros de clase, lo que evidentemente no fue compartido por el agredido. Y ahora tendrá que prestar algún servicio útil a la sociedad para reparar el daño causado. Es, en definitiva, un castigo más que una condena, al que sólo cabe poner un pero: que llegue con retraso, un año después de lo sucedido.

    En todo caso, la sentencia, como el hecho de que quien se siente agredido en las aulas puede defenderse y acudir a los Tribunales, llega en un momento oportuno, ante una sociedad alarmada ante la creciente conflictividad juvenil. En realidad, el relato de lo sucedido en Sóller es similar a otros muchos que podrían ser contados, pero que las víctimas callan en lugar de denunciar y que en casos extremos -en los últimos años, España ha sido escenario de algunos que han tenido una amplia repercusión- pueden llegar a provocar el suicidio. Por fortuna no es esta la situación a la que nos enfrentamos, pero por eso mismo la prevención obliga a tomar todas las medidas necesarias, también judiciales, para garantizar la convivencia tanto en los centros escolares como en la calle.

    Tal vez sea cierto que determinados comportamientos agresivos son connaturales a la infancia o juventud, pero aún así quienes están obligados a garantizar el orden deben tratar de erradicarlos y evitar males mayores, como traumas que serán muy difíciles de superar o reacciones vengativas. Por eso es tan importante que los profesores, como los padres, puedan imponer las medidas disciplinarias que sean oportunas. La situación en Balears es lo suficientemente grave como para reflexionar seriamente sobre esta cuestión y no dejar que la indisciplina domine las aulas. No siempre será necesario llegar al Tribunal de Menores y mucho menos a la Audiencia, pero para lograr eso no queda más remedio que exigir que los alumnos respeten la autoridad de los maestros y profesores, y que se respeten a si mismos.

    En este sentido, el menor de Sóller que ha sido condenado por acosar a un compañero no sólo deberá cumplir un castigo sino que -lo que tal vez sea más importante- ha recibido una lección que ojalá haya aprendido. Respetar a los demás es la esencia de la convivencia. Una sociedad que alimenta la agresividad o la violencia está condenada al fracaso. Y, por si fuera poco, agredir física y verbalmente al compañero es un delito tipificado en el código penal del que debe rendirse cuentas ante la Justicia. DM

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