Condenada por la agresividad de su hijo y tolerar su brutalidad
La Audiencia de Sevilla encuentra culpable a una madre por su "laxitud y tolerancia" a la actitud violenta de su vástago
· La sentencia impone el pago de 14.000 euros por la "laxitud y tolerancia" de la mujer a la hora de educar al joven, que rompió dos dientes y causó otros daños a otro menor de 14 años en Castilleja de la Cuesta
· Deberá, a su vez, abonar 5.000 € en costas a los padres de la víctima
· El agredido necesitó reconstrucción ósea de la mandíbula
SEVILLA 23.03.2008 (DiarioSevilla)
En una sentencia prácticamente inédita, la Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por una agresión de su hijo en el instituto, pues su "laxitud" y "tolerancia" a la hora de educarlo motivaron el "brutal" comportamiento del adolescente en el centro escolar.
La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, condenó a I. R. G. a pagar el tratamiento para reconstruir los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a otro, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula en el instituto Castalla de Castilleja de la Cuesta el 17 de noviembre del año 2003.
En el juicio, la madre incluso intentó desviar la responsabilidad hacia el centro educativo, del que aseguró que no realizaba "labores suficientes de vigilancia" de los alumnos, pero la sentencia responde que, al tratarse de "adolescentes que cursan estudios secundarios, no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos".
En cambio, "la brutalidad e intensidad" de la agresión evidencian "una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores", señala la sentencia. Así, tal "conducta violenta y excesiva significa que las tareas educativas correctoras ejercidas por los padres no han fructificado, bien por la laxitud a la hora de inculcarlas o bien por la tolerancia en corregir sus manifestaciones violentas", según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 8, ahora confirmada en todos sus extremos por la Audiencia.
La indemnización que deberá pagar la madre corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula y otros 3.000 euros por los daños morales durante los 21 días que la víctima estuvo impedida para acudir a clase.
La Audiencia confirma el primer fallo judicial que hablaba de una "incorrecta educación", que los jueces equiparan a aquellas situaciones en las que los progenitores "permiten o no se preocupan de controlar que sus hijos no lleven al centro escolar objetos que puedan resultar en sí mismo peligrosos" o que puedan utilizarse para causar daño a otros menores.
"A la vista de la gravedad de las lesiones inferidas, esto es precisamente lo que sucede en el caso que se enjuicia", dice la Audiencia, que recuerda que prueba de la gravedad de los hechos es que el agresor fue condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores.
Dicha sentencia dejó abierta la posibilidad de reclamar por la vía civil, lo que hizo la letrada Rosario Camino en nombre del agredido porque el joven no sólo fue víctima de una "paliza bárbara e injustificada" sino que, debido a su edad, aún no ha terminado el proceso de reconstrucción ósea de la mandíbula. DIARIO SEVILLA
Condena a una madre por una agresión escolar de su hijo
- Según la sentencia de la Audiencia de Sevilla, deberá pagar una indemnización de 14.000 euros
EFE. SEVILLA Domingo, 23 de marzo de 2008
La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por una agresión de su hijo en el instituto, pues su "laxitud" y "tolerancia" a la hora de educarlo motivaron el "brutal" comportamiento del adolescente, según consta en el fallo judicial que ha sido hecho público.
La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, condena a I.R.G. a pagar el tratamiento para reconstruir los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a otro, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula en el instituto Castalla de la localidad de Castilleja de la Cuesta, en la provincia de Sevilla el 17 de noviembre de 2003.
Labor de vigilancia
En el juicio, la madre intentó desviar la responsabilidad hacia el centro educativo por no hacer "labores suficientes de vigilancia" de los alumnos, pero la sentencia responde que, al tratarse de "adolescentes que cursan estudios secundarios, no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos".
En cambio, "la brutalidad e intensidad" de la agresión evidencian "una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores", señala la sentencia de la Audiencia de Sevilla.
Así, el fallo expone que tal "conducta violenta y excesiva significa que las tareas educativas correctora ejercidas por los padres no han fructificado, bien por la laxitud a la hora de inculcarlas o bien por la tolerancia en corregir sus manifestaciones violentas". Es lo que consta en la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 8, ahora confirmada en todos sus extremos por la Audiencia.
La indemnización que deberá pagar la madre corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula y otros 3.000 euros por los daños morales durante los 21 días que la víctima estuvo impedida para acudir a clase.
El control de los hijos
La Audiencia confirma el primer fallo judicial que hablaba de una "incorrecta educación", que los jueces equiparan a aquellas situaciones en las que los progenitores "permiten o no se preocupan de controlar que sus hijos no lleven al centro escolar objetos que puedan resultar en sí mismo peligrosos" o que puedan utilizarse para causar daño a otros menores.
"A la vista de la gravedad de las lesiones inferidas, esto es precisamente lo que sucede en el caso que se enjuicia", dice la Audiencia, que recuerda que prueba de la gravedad de los hechos es que el agresor fue condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores. Para el tribunal es ya un punto a tener en cuenta.
Dicha sentencia dejó abierta la posibilidad de reclamar por la vía civil, lo que hizo la letrada Rosario Camino en nombre del agredido porque el joven no sólo fue víctima de una "paliza bárbara e injustificada" sino que, debido a su edad, aún no ha terminado el proceso de reconstrucción ósea de la mandíbula y el tratamiento odontológico, por lo que cabe otra vía de reclamación. DDN
Condenada por la agresividad de su hijo
La Audiencia de Sevilla encuentra culpable a una madre por su "laxitud y tolerancia" a la actitud violenta de su vástago
EFE - Sevilla - 22/03/2008 EL PAIS
La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros de multa por una agresión de su hijo en el Instituto de Secundaria en el que estudia. El tribunal considera que la "laxitud y tolerancia" de la mujer a la hora de educar al menor han motivado el comportamiento violento del adolescente.
La multa pagará el tratamiento para recomponer los dientes de otro menor, compañero de Instituto Castilla de Castilleja de la Cuesta, Sevilla. En el juicio, la mujer intentó desviar la responsabilidad hacia el centro educativo por no hacer "labores suficientes de vigilancia" de los alumnos, pero la sentencia estima que los adolescentes no necesitan una vigilancia tan rígida, sino que "la brutalidad e intensidad" de la agresión evidencian "una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbrse en el agresor para la convivencia en valores".
La Audiencia confirma así el primer fallo judicial que hablaba de una "incorrecta educación", que los jueces equiparan a aquellas situaciones en las que los progenitores "permiten o no se preocupan de controlar que sus hijos no lleven al centro escolar objetos que puedan resultar en sí mismos peligrosos". elpais
Una madre, condenada a pagar 19.000 euros por la «incorrecta» educación de su hijo
LOLA RODRÍGUEZ. SEVILLA.
La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por la agresión de su hijo en un instituto. La sentencia, contra la que no cabe recurso, señala a la madre como responsable de la «brutalidad» de su hijo adolescente y además, la condena en costas con 5.000 euros que tendrá que pagar a los padres de la víctima.
La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, condena a I.R.G a pagar el tratamiento de reconstrucción de los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a un compañero, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula del instituto Castalla, en Castilleja de la Cuesta, el 17 de noviembre de 2003.
En el juicio, la madre, defendida por un abogado de oficio, alegó la responsabilidad del centro educativo por no hacer «labores suficientes de vigilancia» de los alumnos, pero la sentencia replica que al tratarse de «adolescentes que cursan estudios de secundaria no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos». En cambio «la brutalidad e intensidad» de la agresión evidencian «una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores», señala la sentencia.
Así, la Sala considera que las tareas educativas correctoras han pecado de «laxitud y tolerancia» y confirma el primer fallo judicial del Juzgado de Primera Instancia número 8 que hablaba de «incorrecta educación». Esta es una de las peculiaridades del caso, por el hecho de que la ley de enjuiciamiento civil establece la responsabilidad patrimonial en los padres, y para basarse en ello alude a la educación que ha de recibir en casa.
Así, en lugar de la administración, la condena afecta en su totalidad a la madre del menor, I.R.G, quien según fuentes judiciales, está separada y posee la guarda y custodia de su hijo. La indemnización corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula, que el menor deberá continuar hasta los 18 años por encontrarse en una etapa de crecimiento, y otros 3.000 euros por los daños morales durante los días que la víctima estuvo impedida de ir a clase. Según fuentes del caso, los padres de la víctima aún no han cobrado ninguno de estos importes, ni los 5.000 euros establecidos en la condena por costas. Las mismas fuentes apuntan a que no se le conoce ningún patrimonio a la madre del agresor, al parecer de baja renta económica. El agresor fue condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores y cumplió la medida establecida por el mismo, en aplicación a la ley de responsabilidad penal. Además, fue expedientado y expulsado del instituto. ABC
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ESTUDIO
EL MAL COMPORTAMIENTO EN LAS ESCUELAS ES CULPA DE PADRES DEMASIADO PERMISIVOS, SEGÚN LA UNIVERSIDAD DE CAMBRIDGE
MADRID, 22-MAR-2008 SERVIMEDIA
El mal comportamiento en las escuelas de primaria es consecuencia de que hay padres demasiado permisivos que no saben decir "no" a sus hijos, según un estudio realizado por la Universidad de Cambridge por encargo de la Unión Nacional de Profesores británicos.
Los profesores se encuentran cada vez más enfrentados a un "pequeño pero significativo" grupo de alumnos que cogen rabietas en plena clase en cuanto se les lleva la contraria, y a padres que se muestran beligerantes y toman sistemáticamente el partido de sus hijos frente a los enseñantes, según dicho estudio, del que informa hoy el diario "The Guardian".
El estudio añade que "estos padres, los cuales están a menudo ellos mismos bajo presión e incapaces de manejar el comportamiento de sus niños, pueden ser altamente conflictivos y algunas veces recurren a la violencia para proteger los intereses de sus hijos".
Los profesores entrevistados por los autores del estudio expresaron su preocupación ante el colectivo de padres "altamente permisivos" que reconocen que consienten todo a sus hijos para evitar conflictos "o simplemente porque han agotado todas las alternativas basadas en sanciones o incentivos".
El estudio se basó en entrevistas con 200 profesores y cientos de padres y alumnos. Una madre declaró que consideraba un éxito haber conseguido que su hijo se fuera a la cama a la una de la madrugada porque anteriormente era imposible que lo hiciera antes de las tres.
Otro testimonio interesante es el de un escolar de seis años, que estuvo en condiciones de explicarle a su propio profesor cómo ir por ahí "matando chulos y prostitutas" después de haber practicado con un videojuego. discapnet
La Audiencia de Sevilla encuentra culpable a una madre por su "laxitud y tolerancia" a la actitud violenta de su vástago
· La sentencia impone el pago de 14.000 euros por la "laxitud y tolerancia" de la mujer a la hora de educar al joven, que rompió dos dientes y causó otros daños a otro menor de 14 años en Castilleja de la Cuesta
· Deberá, a su vez, abonar 5.000 € en costas a los padres de la víctima
· El agredido necesitó reconstrucción ósea de la mandíbula
SEVILLA 23.03.2008 (DiarioSevilla)
En una sentencia prácticamente inédita, la Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por una agresión de su hijo en el instituto, pues su "laxitud" y "tolerancia" a la hora de educarlo motivaron el "brutal" comportamiento del adolescente en el centro escolar.
La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, condenó a I. R. G. a pagar el tratamiento para reconstruir los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a otro, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula en el instituto Castalla de Castilleja de la Cuesta el 17 de noviembre del año 2003.
En el juicio, la madre incluso intentó desviar la responsabilidad hacia el centro educativo, del que aseguró que no realizaba "labores suficientes de vigilancia" de los alumnos, pero la sentencia responde que, al tratarse de "adolescentes que cursan estudios secundarios, no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos".
En cambio, "la brutalidad e intensidad" de la agresión evidencian "una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores", señala la sentencia. Así, tal "conducta violenta y excesiva significa que las tareas educativas correctoras ejercidas por los padres no han fructificado, bien por la laxitud a la hora de inculcarlas o bien por la tolerancia en corregir sus manifestaciones violentas", según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 8, ahora confirmada en todos sus extremos por la Audiencia.
La indemnización que deberá pagar la madre corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula y otros 3.000 euros por los daños morales durante los 21 días que la víctima estuvo impedida para acudir a clase.
La Audiencia confirma el primer fallo judicial que hablaba de una "incorrecta educación", que los jueces equiparan a aquellas situaciones en las que los progenitores "permiten o no se preocupan de controlar que sus hijos no lleven al centro escolar objetos que puedan resultar en sí mismo peligrosos" o que puedan utilizarse para causar daño a otros menores.
"A la vista de la gravedad de las lesiones inferidas, esto es precisamente lo que sucede en el caso que se enjuicia", dice la Audiencia, que recuerda que prueba de la gravedad de los hechos es que el agresor fue condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores.
Dicha sentencia dejó abierta la posibilidad de reclamar por la vía civil, lo que hizo la letrada Rosario Camino en nombre del agredido porque el joven no sólo fue víctima de una "paliza bárbara e injustificada" sino que, debido a su edad, aún no ha terminado el proceso de reconstrucción ósea de la mandíbula. DIARIO SEVILLA
Condena a una madre por una agresión escolar de su hijo
- Según la sentencia de la Audiencia de Sevilla, deberá pagar una indemnización de 14.000 euros
EFE. SEVILLA Domingo, 23 de marzo de 2008
La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por una agresión de su hijo en el instituto, pues su "laxitud" y "tolerancia" a la hora de educarlo motivaron el "brutal" comportamiento del adolescente, según consta en el fallo judicial que ha sido hecho público.
La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, condena a I.R.G. a pagar el tratamiento para reconstruir los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a otro, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula en el instituto Castalla de la localidad de Castilleja de la Cuesta, en la provincia de Sevilla el 17 de noviembre de 2003.
Labor de vigilancia
En el juicio, la madre intentó desviar la responsabilidad hacia el centro educativo por no hacer "labores suficientes de vigilancia" de los alumnos, pero la sentencia responde que, al tratarse de "adolescentes que cursan estudios secundarios, no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos".
En cambio, "la brutalidad e intensidad" de la agresión evidencian "una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores", señala la sentencia de la Audiencia de Sevilla.
Así, el fallo expone que tal "conducta violenta y excesiva significa que las tareas educativas correctora ejercidas por los padres no han fructificado, bien por la laxitud a la hora de inculcarlas o bien por la tolerancia en corregir sus manifestaciones violentas". Es lo que consta en la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 8, ahora confirmada en todos sus extremos por la Audiencia.
La indemnización que deberá pagar la madre corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula y otros 3.000 euros por los daños morales durante los 21 días que la víctima estuvo impedida para acudir a clase.
El control de los hijos
La Audiencia confirma el primer fallo judicial que hablaba de una "incorrecta educación", que los jueces equiparan a aquellas situaciones en las que los progenitores "permiten o no se preocupan de controlar que sus hijos no lleven al centro escolar objetos que puedan resultar en sí mismo peligrosos" o que puedan utilizarse para causar daño a otros menores.
"A la vista de la gravedad de las lesiones inferidas, esto es precisamente lo que sucede en el caso que se enjuicia", dice la Audiencia, que recuerda que prueba de la gravedad de los hechos es que el agresor fue condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores. Para el tribunal es ya un punto a tener en cuenta.
Dicha sentencia dejó abierta la posibilidad de reclamar por la vía civil, lo que hizo la letrada Rosario Camino en nombre del agredido porque el joven no sólo fue víctima de una "paliza bárbara e injustificada" sino que, debido a su edad, aún no ha terminado el proceso de reconstrucción ósea de la mandíbula y el tratamiento odontológico, por lo que cabe otra vía de reclamación. DDN
Condenada por la agresividad de su hijo
La Audiencia de Sevilla encuentra culpable a una madre por su "laxitud y tolerancia" a la actitud violenta de su vástago
EFE - Sevilla - 22/03/2008 EL PAIS
La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros de multa por una agresión de su hijo en el Instituto de Secundaria en el que estudia. El tribunal considera que la "laxitud y tolerancia" de la mujer a la hora de educar al menor han motivado el comportamiento violento del adolescente.
La multa pagará el tratamiento para recomponer los dientes de otro menor, compañero de Instituto Castilla de Castilleja de la Cuesta, Sevilla. En el juicio, la mujer intentó desviar la responsabilidad hacia el centro educativo por no hacer "labores suficientes de vigilancia" de los alumnos, pero la sentencia estima que los adolescentes no necesitan una vigilancia tan rígida, sino que "la brutalidad e intensidad" de la agresión evidencian "una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbrse en el agresor para la convivencia en valores".
La Audiencia confirma así el primer fallo judicial que hablaba de una "incorrecta educación", que los jueces equiparan a aquellas situaciones en las que los progenitores "permiten o no se preocupan de controlar que sus hijos no lleven al centro escolar objetos que puedan resultar en sí mismos peligrosos". elpais
Una madre, condenada a pagar 19.000 euros por la «incorrecta» educación de su hijo
LOLA RODRÍGUEZ. SEVILLA.
La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por la agresión de su hijo en un instituto. La sentencia, contra la que no cabe recurso, señala a la madre como responsable de la «brutalidad» de su hijo adolescente y además, la condena en costas con 5.000 euros que tendrá que pagar a los padres de la víctima.
La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, condena a I.R.G a pagar el tratamiento de reconstrucción de los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a un compañero, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula del instituto Castalla, en Castilleja de la Cuesta, el 17 de noviembre de 2003.
En el juicio, la madre, defendida por un abogado de oficio, alegó la responsabilidad del centro educativo por no hacer «labores suficientes de vigilancia» de los alumnos, pero la sentencia replica que al tratarse de «adolescentes que cursan estudios de secundaria no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos». En cambio «la brutalidad e intensidad» de la agresión evidencian «una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores», señala la sentencia.
Así, la Sala considera que las tareas educativas correctoras han pecado de «laxitud y tolerancia» y confirma el primer fallo judicial del Juzgado de Primera Instancia número 8 que hablaba de «incorrecta educación». Esta es una de las peculiaridades del caso, por el hecho de que la ley de enjuiciamiento civil establece la responsabilidad patrimonial en los padres, y para basarse en ello alude a la educación que ha de recibir en casa.
Así, en lugar de la administración, la condena afecta en su totalidad a la madre del menor, I.R.G, quien según fuentes judiciales, está separada y posee la guarda y custodia de su hijo. La indemnización corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula, que el menor deberá continuar hasta los 18 años por encontrarse en una etapa de crecimiento, y otros 3.000 euros por los daños morales durante los días que la víctima estuvo impedida de ir a clase. Según fuentes del caso, los padres de la víctima aún no han cobrado ninguno de estos importes, ni los 5.000 euros establecidos en la condena por costas. Las mismas fuentes apuntan a que no se le conoce ningún patrimonio a la madre del agresor, al parecer de baja renta económica. El agresor fue condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores y cumplió la medida establecida por el mismo, en aplicación a la ley de responsabilidad penal. Además, fue expedientado y expulsado del instituto. ABC
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ESTUDIO
EL MAL COMPORTAMIENTO EN LAS ESCUELAS ES CULPA DE PADRES DEMASIADO PERMISIVOS, SEGÚN LA UNIVERSIDAD DE CAMBRIDGE
MADRID, 22-MAR-2008 SERVIMEDIA
El mal comportamiento en las escuelas de primaria es consecuencia de que hay padres demasiado permisivos que no saben decir "no" a sus hijos, según un estudio realizado por la Universidad de Cambridge por encargo de la Unión Nacional de Profesores británicos.
Los profesores se encuentran cada vez más enfrentados a un "pequeño pero significativo" grupo de alumnos que cogen rabietas en plena clase en cuanto se les lleva la contraria, y a padres que se muestran beligerantes y toman sistemáticamente el partido de sus hijos frente a los enseñantes, según dicho estudio, del que informa hoy el diario "The Guardian".
El estudio añade que "estos padres, los cuales están a menudo ellos mismos bajo presión e incapaces de manejar el comportamiento de sus niños, pueden ser altamente conflictivos y algunas veces recurren a la violencia para proteger los intereses de sus hijos".
Los profesores entrevistados por los autores del estudio expresaron su preocupación ante el colectivo de padres "altamente permisivos" que reconocen que consienten todo a sus hijos para evitar conflictos "o simplemente porque han agotado todas las alternativas basadas en sanciones o incentivos".
El estudio se basó en entrevistas con 200 profesores y cientos de padres y alumnos. Una madre declaró que consideraba un éxito haber conseguido que su hijo se fuera a la cama a la una de la madrugada porque anteriormente era imposible que lo hiciera antes de las tres.
Otro testimonio interesante es el de un escolar de seis años, que estuvo en condiciones de explicarle a su propio profesor cómo ir por ahí "matando chulos y prostitutas" después de haber practicado con un videojuego. discapnet







