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viernes, 11 de julio de 2008
El fallo judicial condena a la acusada por los delitos de atentado y de lesiones
Incluye una indemnización de 6.780 euros por lesiones y secuelas
· Una respuesta adecuada y positiva al acoso escolar

 G. MARTÍN- 11 JUL 2008 ELCHE Alicante (LA VERDAD)
Una ilicitana, Rosa P. F., vecina del barrio de Patilla, es la segunda ciudadana española condenada por atentado a la autoridad tras agredir a dos maestras pertenecientes al colegio público Casablanca, en Elche. La calificación del delito no es baladí. Encaja a la perfección con la tendencia actual de meter las agresiones a docentes en el mismo tipo penal en el que están los representantes de las fuerzas de orden público. Cuando un ciudadano agrede a un policía, los hechos pasan a ser un atentado a la autoridad.

Sin embargo, a pesar de ser funcionarios públicos hasta hace muy poco tiempo nunca, salvo en una sentencia dictada en Barcelona, se había aplicado el tipo penal de atentado a los agresores de docentes. El magistrado ilicitano ha condenado a Rosa P. F. a un año y un mes de prisión por el delito de atentado y a siete meses más por el delito de lesiones. Además, el fallo incluye una pena de seis días de localización permanente por una falta de lesiones.

La condenada deberá indemnizar a Ana C. García Martín en 2.268 euros por las lesiones y en 1.000 euros más por las secuelas, así como a Margarita Bru Candela por las mismas cuestiones en 1.512 euros y 2.000 más. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial en Elche en el plazo de diez días.

El fallo considera probado que la acusada se dirigió al colegio Casablanca, donde tenía escolarizado a dos de sus hijos, en la mañana del 27 de octubre de 2006, con la intención de ver a la maestra Margarita Bru quien, según le dijo su hijo, había agredido a su hermana pequeña. La profesora Ana García Martín le dijo que no pasara a la clase, lo que le valió que la acusada le pellizcara en el cuello y le diera una bofetada. Como consecuencia de la agresión, la maestra sufrió una contusión facial y cervicalgia de las que tardó en curar 54 días, siendo 36 de ellos impeditivos, quedándole como secuela un síndrome postraumático.

Tras pegar a Ana, Rosa se dirigió a la clase de Margarita Bru, en la que irrumpió. Le preguntó por qué había agredido a su hija, pero no le dio tiempo a contestar. Le pegó produciéndole policontusiones, una crisis de ansiedad y descompensación del problema tiroideo que padece la profesora. Tardó 36 días en curarse, quedándole igualmente como secuela un síndrome de estrés postraumático.

Discusión jurídica

La gran pregunta a la que había que contestar por parte del magistrado era si a efectos penales se puede considerar o no autoridad a las dos profesoras. El magistrado, de entrada, deja claro que según el artículo 24 del Código Penal los profesores no pueden ser considerado autoridad porque dice el texto legal que «se reputará autoridad al que pos sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia». Pero especifica que «tal circunstancia no impide per se que profesores y maestros puedan ser sujetos pasivos de un delito de atentado pues el apartado 2 del referido artículo especifica que se considerará funcionario público a todo el que por disposición inmediata de la ley o por elección, o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas».

El juez concluye que dada la condición de funcionaria pública de Ana García Martín, la agresión es susceptible de ser tipificada como atentado.

En el caso de la agresión a Ana, el letrado de la defensa ha puesto en cuestión de que la víctima estuviera en el ejercicio de sus funciones porque Rosa iba a pedir explicaciones a Margarita Bru y no a ella. El magistrado precisa que la acusada le pego porque Ana le impidió acceder a las aulas, donde se encontraba en una de ellas Margarita. Añade que hubo intención dolosa. En el momento de los hechos, Ana se encontraba en el colegio realizando funciones de control y seguridad propias de su condición de profesora y la acusada lo sabía.

Por tanto, subraya, «hubo un ánimo tendencial y específico de menospreciar o menoscabar el principio de autoridad, faltando al respeto y consideración debida a quien lo encarna, apareciendo así los requisitos objetivos y subjetivos íntimamente enlazados.

El caso de Margarita, aunque con categoría también de funcionaria pública, no se puede encuadrar dentro del delito de atentado. Cuando la acusado fue a pedir explicaciones a Margarita, lo hizo a título personal por, según le refirió su hijo, haber pegado a su hija. La investigación determinó que la maestra no agredió a la alumna. El magistrado considera que no fue al colegio para menoscabar la autoridad de la profesora pues el hecho ilícito no lo causó o motivó la contemplación de las funciones públicas propias del cargo.

La acusación particular, ejercida por la Conselleria de Educación, pidió en la vista oral celebrada el 24 de junio la condena de la acusada por dos delitos de lesiones, en concurso ideal con uno de atentado. Solicitó un año y seis meses de prisión para cada delito y unas indemnizaciones muy superiores a las concedidas por el magistrado. El fiscal solicitó sólo cuatro meses más de prisión que la pena recogida en la sentencia. LV »AGREDIDAS. Las dos maestras del colegio Casablanca ante el Palacio de Justicia, el día que tuvo lugar la vista. / PACO UCLÉS- LV

Condenan a una madre a 20 meses de prisión por pegar a dos docentes

Un juez ilicitano considera que incurrió en un delito de atentado contra una de las docentes del Casablanca

J. M. GRAU- 11 JUL 2008 ELCHE Alicante (DI)
La madre de un alumno del colegio público Casablanca de Elche ha sido condenada a penas que suman un año y 8 meses de prisión, así como a abonar aproximadamente 6.000 euros a raíz de los hechos ocurridos el 27 de octubre de 2006 cuando agredió a una profesora y pellizcó y abofeteó a otra en este centro en pleno horario escolar.

Así se ha dado a conocer en la sentencia que el juzgado de lo Penal 3 de Elche ha dictado y que viene a suponer todo un respaldo al cuerpo de docentes que en los últimos años asiste a un incremento de la conflictividad en las aulas que incluso se ha extendido no sólo a la relación alumno-profesor, sino también a la del padre-profesor, tal y como se ejemplifica en este caso.

José Miguel Esquembre, letrado de la acusada, Rosa P. F., concretó ayer que por un delito de atentado se ha condenado a su patrocinada a un año y un mes de prisión. Además pesa sobre ella un delito por lesiones, que se sustancia con una condena de 7 meses de cárcel, mientras que por la falta de lesiones está obligada a guardar seis días de localización permanente. A todo ello se suma una indemnización de cerca de 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Por su parte, el fiscal pedía por el delito de atentado un año y 3 meses de prisión; por el de lesiones, 9 meses de cárcel, mientras que se solicitaban por la falta de lesiones 10 días de localización. No obstante, la indemnización que reclamaba el ministerio fiscal sí ascendía a esos 6.000 euros. Además, el tribunal no ha estimado la indemnización que pedía la acusación particular, que representaba a la Conselleria de Educación, y que la había fijado en más de 30.000 euros.

De momento, la condenada no tendrá que ingresar en prisión al no superar los dos años la suma de las penas, mientras que el abogado defensor ya ha anunciado que recurrirá en breve, para lo que tiene un plazo total de diez días. Además de no entrar en la cárcel, también la indemnización queda en suspenso, según el letrado defensor.

Esquembre señala que no se han estimado las peticiones de la defensa pero considera que "hay bases suficientes para que prospere el recurso ante la sección séptima de la Audiencia Provincial".

Margarita Bru, maestra de quinto de Primaria, y Ana Carolina García, profesora de Educación Especial, fueron las víctimas de esta madre. La primera declaró en el juicio que la ahora condenada "me cogió por el cuello, me daba golpes y patadas. Me insultaba y amenazaba. Yo hacía lo que podía con los brazos para defenderme. Los niños no paraban de gritar y de llorar".

Al parecer, la madre acudió aquel día al centro al ser avisada por uno de sus hijos por el móvil de que uno de sus hermanos estaba siendo apercibido por el profesorado. Según afirmaron las denunciantes en su día, la madre apareció y casi sin mediar palabra arremetió primero contra una y luego contra la otra. [DIARIO INFORMACION]

Una respuesta adecuada al 'bullying'

El titular del juzgado de lo Penal 3 de Elche, Joaquín Orellana Piera, subraya en la introducción a los fundamentos jurídicos de la sentencia la gravedad del fenómeno de la violencia escolar (bullying) y la necesidad de combatirla. Insiste en que es un tema que «preocupa, no sólo en el ámbito docente, sino en otros sectores de la sociedad ante el incremento del número de conductas contrarias a la convivencia necesarias en las aulas de este país».

Añade que dichos sectores son conscientes de que «la educación es un pilar fundamental de la sociedad y que quienes la ejercen (profesores y maestros) son, al igual que sus destinatarios (los alumnos) elementos imprescindibles en el proceso enseñanza-aprendizaje que merecen, no sólo el reconocimiento social por tan importante labor, sino una protección adecuada contra aquellos comportamientos que degradan la autoridad necesaria para su ejercicio».

El magistrado subraya la necesidad de denunciar a los infractores el ámbito escolar porque «permite a la sociedad dar adecuada respuesta a esta problemática creando una concienciación social que destierre, definitivamente, la creencia, más o menos generalizada, en que determinadas actitudes como pegar a un profesor, insultarlo, amenazarlo etc... pueden salir gratis. LV

Respuesta positiva al acoso escolar

zgado de lo Penal 3 de Elche, Joaquín Orellana, subraya en la introducción a los fundamentos jurídicos de la sentencia la gravedad del fenómeno de la violencia escolar (bullying) y la necesidad de combatirla. Insiste en que es un tema que "preocupa, no sólo en el ámbito docente, sino en otros sectores de la sociedad ante el incremento del número de conductas contrarias a la convivencia necesarias en las aulas".

Añade que dichos sectores son conscientes de que "la educación es un pilar fundamental de la sociedad y que quienes la ejercen merecen, no sólo el reconocimiento social por tan importante labor, sino una protección adecuada contra aquellos comportamientos que degradan la autoridad necesaria para su ejercicio".

El magistrado también subraya la necesidad de denunciar a los infractores porque "permite a la sociedad dar adecuada respuesta a esta problemática creando una concienciación social". LP
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PS
Resolución judicial

Font de Mora muestra su satisfacción por la sentencia contra la madre acusada de agredir a dos profesoras en Elche

El conseller de Educación, Alejandro Font de Mora, mostró hoy su satisfacción por la resolución judicial dictada contra la madre de una alumna acusada de agredir a dos profesoras de un colegio público ubicado en Elche, en la que el magistrado le condena a 20 meses de prisión.

EFE 14 JUL 2008 ELCHE (DI)
Font de Mora, que realizó estas declaraciones durante la presentación del nuevo decreto que establece el curriculum del Bachillerato en la Comunitat, se congratuló de que en la sentencia se recoja la consideración de autoridad de estas dos profesoras como funcionarias.

Según el conseller, esta resolución judicial demuestra que "poco a poco" se va implantando "la cultura de que el profesor es una autoridad en el ejercicio de sus funciones" y que, por tanto, cualquier agresión hacia este colectivo "es un atentado".

En esta línea, saludó el "carácter ejemplificador" de esta sentencia y abogó porque "los niveles de convivencia sean cada vez mejores" en el ámbito escolar, para así "no tener que llegar a estos extremos". "Pero quien desgraciadamente cometa este tipo de actos tiene que saber que las penas pueden llegar a ser importantes", concluyó. DI


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