El fallo reconoce el anormal funcionamiento de la Administración por no
haber advertido a la profesora del comportamiento agresivo del alumno
· La mujer pedía una indemnización de 392.700 euros por incapacidad permanente
MADRID- 26 NOV 2008 (ABC)
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al Departamento de Enseñanza del Gobierno autonómico a indemnizar con 12.000 euros a una profesora de instituto por no haber sido advertida de la conducta agresiva de un alumno que la golpeó en clase.
En su sentencia, el alto tribunal catalán acuerda elevar la indemnización de 1.500 euros que la Generalitat concedió a la profesora por la agresión, que ocurrió en el año 2004, cuando estaba de guardia en el Instituto de Enseñanza Media Baldiri Guilera de la localidad de El Prat de Llobregat (Barcelona).
El fallo reconoce el anormal funcionamiento de la Administración por no haber advertido a la profesora del comportamiento agresivo del alumno, que la golpeó en la cara y la agarró por el cuello, mientras la sujetaba contra la pared con la rodilla, delante del resto de estudiantes y hasta que la socorrieron.
La mujer pedía una indemnización de 392.700 euros por incapacidad permanente, alegando que la depresión que le provocó ese episodio de violencia precipitó su jubilación.
No obstante, el TSJC da mayor credibilidad a uno de los peritos, quien aseguró que las secuelas por la agresión tendrían que haberse estabilizado en tres o cuatro meses y nunca más de seis, ya que no se apreció «una situación objetiva de riesgo vital». Además, considera que las otras afectaciones psicológicas se deben a otras causas previas.
Por tanto, la sentencia del TSJC se limita a elevar hasta 12.000 euros la indemnización inicial de 1.500 euros que el Gobierno de Cataluña concedió en su día a la profesora objeto de la violencia escolar.
ABC
La mujer pedía una indemnización de 392.700 euros por incapacidad permanente, alegando que la depresión que le provocó ese episodio de violencia escolar precipitó su jubilación. La sentencia, no obstante, considera que la incapacidad derivada de esa agresión se limita a entre tres y cuatro meses y una secuela consistente en síndrome de estrés postraumático. ATLAS
· La mujer pedía una indemnización de 392.700 euros por incapacidad permanente
MADRID- 26 NOV 2008 (ABC)
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al Departamento de Enseñanza del Gobierno autonómico a indemnizar con 12.000 euros a una profesora de instituto por no haber sido advertida de la conducta agresiva de un alumno que la golpeó en clase.
En su sentencia, el alto tribunal catalán acuerda elevar la indemnización de 1.500 euros que la Generalitat concedió a la profesora por la agresión, que ocurrió en el año 2004, cuando estaba de guardia en el Instituto de Enseñanza Media Baldiri Guilera de la localidad de El Prat de Llobregat (Barcelona).
El fallo reconoce el anormal funcionamiento de la Administración por no haber advertido a la profesora del comportamiento agresivo del alumno, que la golpeó en la cara y la agarró por el cuello, mientras la sujetaba contra la pared con la rodilla, delante del resto de estudiantes y hasta que la socorrieron.
La mujer pedía una indemnización de 392.700 euros por incapacidad permanente, alegando que la depresión que le provocó ese episodio de violencia precipitó su jubilación.
No obstante, el TSJC da mayor credibilidad a uno de los peritos, quien aseguró que las secuelas por la agresión tendrían que haberse estabilizado en tres o cuatro meses y nunca más de seis, ya que no se apreció «una situación objetiva de riesgo vital». Además, considera que las otras afectaciones psicológicas se deben a otras causas previas.
Por tanto, la sentencia del TSJC se limita a elevar hasta 12.000 euros la indemnización inicial de 1.500 euros que el Gobierno de Cataluña concedió en su día a la profesora objeto de la violencia escolar.
ABC
La mujer pedía una indemnización de 392.700 euros por incapacidad permanente, alegando que la depresión que le provocó ese episodio de violencia escolar precipitó su jubilación. La sentencia, no obstante, considera que la incapacidad derivada de esa agresión se limita a entre tres y cuatro meses y una secuela consistente en síndrome de estrés postraumático. ATLAS







