La ley está encaminada a frenar el abuso de menores que aumenta de manera desbordante en diversas regiones del país
AFP | BOGOTÁ (EL UNIVERSO)
20 años de prisión la pena máxima de cárcel para quien produzca, divulgue, compre, venda o exhiba pornografía infantil, norma que será ahora conciliada con la Cámara baja, dijeron este miércoles fuentes legislativas.
La ley también contempla el delito de turismo sexual con menores y prevé penas de hasta ocho años de prisión para quien dirija, organice o promueva actividades turísticas que incluyan la utilización sexual de niños.
Incluso dispone que las propiedades o inmuebles utilizados para ese fin pueden ser expropiados y señala que en todos los casos las penas de prisión se incrementarán cuando la conducta se realice en menores de 12 años.
"La ley busca proteger a los menores de edad y tipificar de nuevo el turismo sexual como delito", dijo a periodistas el representante de la Cámara William Vélez, autor de la ley.
Según el senador Armando Benedetti, en 2002 en Colombia existían 35.000 niños y niñas explotados sexualmente. "La mayoría empezaron a ser explotados desde la edad de nueve años", agregó.
En declaraciones al diario El Tiempo de Bogotá, para 2003 la Fiscalía reportó 3.821 denuncias por delitos de abuso, explotación o asalto sexual. En 2004 conoció 4.572 casos y la cifra bajó a 3.939 en 2005. Del total de hechos, el 61% correspondió a menores de 14 años.
UNIVERSO
Pornografía infantil será castigada hasta con 20 años
Colprensa- CALI Colombia (El Pais)
El que tome fotos, filme, grabe, produzca, divulgue, ofrezca, venda, compre, posea, porte, almacene, transmita o exhiba, por cualquier medio, para uso personal o intercambio, representaciones reales de actividad sexual que involucre personas menores de 18 años de edad, incurrirá en prisión de 10 a 20 años y multa de 150 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.Igualmente, quien dirija, organice o promueva actividades turísticas que incluyan la utilización sexual de menores de edad incurrirá en prisión de 4 a 8 años. La pena se aumentará en la mitad cuando la conducta se realizare con menor de 12 años.
Asímismo, la condena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando el responsable sea integrante de la familia de la víctima.
Así lo establece un proyecto de ley aprobado ayer en la plenaria del Senado, en su último debate, que busca endurecer las penas al turismo sexual y fortalecer la lucha contra la explotación y la pornografía infantil.
La iniciativa busca también que el Ministerio de Comunicaciones ordene a los proveedores de internet incorporar cláusulas obligatorias, relativas a la prohibición y bloqueo de páginas de pornografía infantil.
Igualmente, establece que las aerolíneas adopten códigos de conducta eficaces que promuevan políticas de prevención y eviten la utilización y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en su actividad.
Según el representante William Vélez, creador de la propuesta, lo que se busca es establecer penas de 4 a 8 años contra quienes promuevan el turismo sexual en paquetes de viajes, y de 10 a 20 años para aquellos que cometan dicho delito. Con esta medida los condenados no podrán recibir la casa por cárcel.
“Son sanciones muy severas para quienes propicien el turismo sexual con nuestro niños y adolescentes del país. Aquellos inescrupulosos turistas que vienen a nuestra patria a tener relaciones sexuales con menores serán sancionados”, dijo.
Según el senador Armando Benedetti, ponente del proyecto, las zonas más afectadas por el delito son el Eje Cafetero, la Costa Atlántica, Bogotá y Chocó.
EL PAIS
Colombia endurece penas por explotación sexual de niños
BOGOTA, 27 de mayo de 2009 (Reuters) El Congreso de Colombia aprobó un proyecto de ley que endurece los delitos de explotación sexual y pornografía infantil, en un esfuerzo por combatir el turismo sexual y la creciente prostitución de menores de edad.
La ley, aprobada en último debate por el Senado el martes en la noche, establece que quien dirija, organice o promueva actividades turísticas que incluyan la utilización sexual de menores, puede pagar una pena de prisión de hasta 8 años.
Adicionalmente, los inmuebles que sean utilizados para fomentar el turismo, la explotación sexual y la pornografía de niños, serán sometidos a expropiación por parte del Gobierno, mientras que los extranjeros que visiten Colombia con esos propósitos serán deportados.
"La norma busca proteger a los menores de edad y tipificar el turismo sexual como delito", dijo el congresista William Vélez, autor de la iniciativa que deberá superar un trámite de conciliación entre el Senado y la Cámara de Representantes antes de ser sancionada por el presidente Alvaro Uribe.
Las agencias de viajes y hoteles tendrán que informar a sus clientes de la ley y sus consecuencias y si las incumplen podrían perder sus respectivas licencias de funcionamiento.
La norma aumentó de 12 a 20 años de cárcel la pena máxima para quien fotografíe, grabe, produzca, divulgue, compre, venda, transmita o exhiba pornografía infantil para su uso personal o intercambio.
La ley obliga a los prestadores del servicio de internet a establecer mecanismos de bloqueo de páginas pornográficas para menores de edad.
Las cifras sobre prostitución y abuso sexual infantil en Colombia no son confiables y están subregistradas por tratarse de una actividad ilegal, pero se estima que al 2002 existían 35.000 niños y niñas explotados sexualmente en este país de 44 millones de habitantes.
(Reporte de Luis Jaime Acosta; Editado por Silene Ramírez)
REUTERS
Hasta 20 años de cárcel para quienes promuevan pornografía infantil
BOGOTÁ (EL TIEMPO)También habrá hasta 8 de cárcel para promotores de turismo sexual que usen menores, según una ley sobre el tema aprobada por el Senado y que pasa a conciliación con el texto aprobado por la Cámara.
También habrá Hasta 20 años de cárcel pagará quien fotografíe, grabe, produzca, divulgue, compre, venda, porte, transmita o exhiba, por cualquier medio, para su uso personal o intercambio, pornografía infantil.
La norma señala que que dirija, organice o promueva actividades turísticas, que incluyan la utilización sexual de menores de edad, incurrirá en prisión hasta de 8 años. La pena se aumentará hasta en la mitad cuando la conducta se realice en menor de 12 años.
La iniciativa, básicamente aumentó las penas para estos delitos que ya estaban tipificados en el Código Penal.
La pornografía infantil tenía una pena de 6 a 8 años. Y el turismo sexual se castigaba con penas que iban de 3 a 8 años.
La ley también impone millonarias sanciones a los responsables de los delitos. Además, obliga a los gremios del turismo a autoregularse para impedir la propagación del uso de menores en el turismo sexual.
El senador Armando Bennedetti, uno de los ponentes de la ley, dijo que la ley está encaminada a frenar el abuso de menores que aumenta de manera desbordante en diversas regiones del país.
EL TIEMPO
Senado colombiano aprueba endurecimiento de penas contra pornografía infantil
EFE, Bogotá | (ADN.es)
El Senado colombiano aprobó hoy un endurecimiento de las penas para quienes promuevan la pornografía infantil y el turismo sexual, conductas que ya está tipificadas en el Código Penal pero con condenas más leves.
Quien fotografíe, grabe, produzca, divulgue, compre, venda, porte, transmita o exhiba, por cualquier medio, para su uso personal o intercambio, pornografía infantil pagará con 20 años de cárcel.
Igualmente, se condenará con hasta ocho de cárcel a los promotores del turismo sexual que usen menores, dijo el autor de la iniciativa, el parlamentario William Vélez.
"Sin duda es una buena noticia para el país", afirmó el legislador, quien señaló que la ley deberá pasar a conciliación, pues los textos aprobados en Cámara y Senado son diferentes.
Vélez agregó que espera que la semana entrante se concilien las dos versiones y la resultante sea enviada al Ejecutivo para su sanción presidencial.
De acuerdo con un comunicado del senador Armando Benedetti, ponente de la ley, "la iniciativa busca ponerle freno al turismo sexual infantil", ya que "zonas como el Eje Cafetero, Cartagena, Barranquilla, Santa Marta, Bogotá, los Llanos y Chocó son sitios donde se está cometiendo este delito sin que exista un control real".
La nueva norma establece que el Ministerio de Comunicaciones tendrá competencia para ordenar a los proveedores de servicios de Internet incorporar cláusulas obligatorias en los contratos de portales de Internet relativas a la prohibición y bloqueo de páginas con imágenes pornográficas de menores de edad.
Igualmente, establece que las aerolíneas adoptarán códigos de conducta eficaces que promuevan políticas de prevención y eviten la utilización y explotación sexual de niños y adolescentes.
La pornografía infantil tiene actualmente una pena de entre seis y ocho años de cárcel, mientras que el turismo sexual se castiga con penas que van de tres a ocho años.
ADN
Referendo contra violadores y asesinos de niños pasó en Senado
El referendo popular firmado por más de 2 millones de colombianos que busca condenar hasta con la cadena perpetúa a los asesinos y violadores de menores de edad, pasó este martes en su último debate en el Senado de la República.
La norma, que pasará primero a conciliación con la Cámara de Representantes, también prevé que los colombianos aprobarán que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) haga un tratamiento posterior a las víctimas.
La ley que fue votada finalmente por 60 senadores y 14 en contra, tuvo una discusión final que se centró especialmente en algunos vacíos que podría dejar la norma, como la frase de trato severo por lesiones agravadas.
El senador liberal, Héctor Helí Rojas, entre otros, llamaron la atención que el proyecto no incluía por ningún lado una norma que buscara la atención a las víctimas.
En tal sentido se incorporó un parágrafo en el que dice que será el ICBF el encargado de hacer una política de atención en tal sentido a las víctimas.
Habla la promotora
Para la promotora de la norma, la concejal de Bogotá Gilma Jiménez, con la ley, que saldrán a votar los colombianos, se hace un cambio severo para judicializar a todos los victimarios de menores de edad.
“Se va a sancionar los asesinatos, todos los delitos sexuales, se metió la violación. Hay once formas de violar a un niño. Vamos a cambiar muchas cosas, aquí se cree que el tocamiento es un acto inadecuado, pero con el referendo eso cambia”, manifestó.
Recordó que entre los delitos de condena está la explotación sexual, el turismo sexual, la pornografía, el maltrato severo y hasta el secuestro.
De la misma forma agradeció que la norma haya salido del Congreso, paso en el que dice se tramitó el 80 por ciento del mismo y confío que la última etapa, la Corte Constitucional, se supere de manera victoriosa.
Cabe resaltar que este referendo no se hará votado el mismo día de la reelección presidencial, si lo aprueba el Congreso.
A su turno, el fiscal general Mario Iguarán Arana, destacó que se hubiese aprobado en la plenaria y quede listo para la conciliación.
“Así como Estados Unidos, Trinidad y Tobago, Cuba, Jordania, Aragua, Francia, todo el mundo ha dicho desde siempre que el interés superior del niño es el antetodo, hoy el Congreso colombiano le ha dicho al mundo que los niños son prioridad”, concluyó Iguarán
Ley ordena que desaparezca la publicidad de cigarrillos en todos los medios
La plenaria del Senado aprobó el proyecto de ley antitabaco, norma con la cual se incorpora una severa legislación en materia de consumo, prevención y difusión del cigarrillo, al punto que se prohíbe la publicidad en todo medio, el patrocinio en eventos deportivos y culturales, y hasta la venta al menudeo.
Aunque hubo una gran discusión sobre si otorgaba un período de transición de tres años para los contratos de publicidad en radio, prensa, cine, vallas y móviles, la plenaria finalmente dijo que estos se acabarán de manera inmediata.
Para senadores de la oposición y de la misma bancada de gobierno, es un contrasentido que la norma tenga un tiempo de plazo, pues se entendería que se le está dando más tiempo a la venta y promoción del cigarrillo por medio de la publicidad.
Otro polémico artículo fue el que se referente a la prohibición del patrocinio en eventos culturales, deportivos y educativos. Aunque de comisión había llegado con un plazo de cuatro años de transición, la plenaria finalmente dejó que el mismo deberá desmontarse de inmediato.
Con esta norma, el fútbol colombiano, tanto el profesional, patrocinado por Mustang, como el de ascenso con el apoyo de Premier, tendrán que buscar una nueva publicidad.
En el articulado también se incorporó la norma de la prohibición de la venta al menudeo de los cigarrillos, en tal sentido se obliga a que las tabacaleras vendan en Colombia cajetillas de mínimo 20 unidades.
De esta manera se prohíbe que haya la venta al menudeo de los cigarrillos, pese a que se reclamó el derecho al trabajo de muchos vendedores ambulantes. Para la mayoría del Senado, esto es seguir incitando el consumo en los menores de edad.
Una norma más que se pondrá en vigencia es la que ordena que las cajetillas tengan el 30 por ciento de texto sobre lo perjudicial que el cigarrillo es para la salud.
LA TARDE







